La persona clave en la atención a mayores dependientes en residencias, centros de día y servicios de ayuda a domicilio es sin duda la gerocultora/auxiliar (en adelante utilizaré indistintamente ambas palabras sabiendo que “gerocultora” es la que usa el convenio colectivo y “auxiliar” la que suele usarse en el sector).
En principio, resultaría obvia la necesidad de que una persona con tanta relevancia dispusiese de una titulación claramente definida que la capacitase para llevar a cabo unas técnicas y actuaciones concretas en el proceso de cuidado. Esa persona demostraría a través de esa titulación unas habilidades y competencias.
Eso que en principio es obvio choca, en cambio, con una realidad en la que no hay suficientes personas con una titulación de ese tipo, ni las va a haber en un futuro cercano.
Por eso, ya en 2007, se definió en el Real Decreto 1368/2007 la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales. Esta cualificación podía acreditarse mediante títulos de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Técnico de Atención Sociosanitaria, así como el Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales o vías equivalentes.
En poco tiempo se determinó que las personas que trabajaban en residencias sin reunir los nuevos tenían un plazo para regularizar su situación.
A partir de ese momento empezó el juego de “chutar la lata”, mediante el cual, cada vez que se acerca la fecha "final” se establece una nueva, además de ampliar la forma de obtener la capacitación, ya sea mediante medidas “excepcionales”, “provisionales” o “especiales”. Por ejemplo, en 2015 se estableció que, para finales de 2022, las gerocultoras debían cumplir con ciertos requisitos de habilitación excepcional o provisional. Estos incluían acreditar experiencia laboral previa a 2017 y comprometerse a participar en procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral, o a realizar la formación vinculada a los certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional.
Para complicar un poco más las cosas, esto es algo que sucede en diferentes niveles: en el estatal se dictan unos criterios a través del Consejo Territorial de la Dependencia, pero es cada una de las comunidades autónomas la que tiene que convertir esos criterios en normativa aplicable en su territorio. Como en la práctica pocas comunidades hacen caso de lo que dice el Consejo Territorial, al final cada una va un poco por su cuenta.
Por ejemplo, hace poquito he sabido que la Genralitat ha aprobado, justo antes de Navidad, una resolución que, en otra “patada a la lata”, supone ampliar el plazo de presentación de solicitudes para la habilitación excepcional y la habilitación provisional al 31 de diciembre de 2024 (un año más). Además, modifica las fechas límites en que los profesionales deben haber alcanzado la experiencia laboral para poder adquirir la habilitación excepcional; haber cumplido los procesos de evaluación y acreditación de competencias o haber superado la formación exigida.
No me extrañaría que algo así haya sucedido en otras comunidades y que siga sucediendo en los próximos años.
En este punto me gustaría plantear cómo veo la situación: llevamos desde 2007 centrados en regularizar la situación de las gerocultoras que ya trabajan en residencias sin titulación, sin saber que en los próximos años necesitaremos crear plazas nuevas en residencias, centros de día, además de ampliar los servicios de ayuda a domicilio. ¿Qué puede hacer una empresa, fundación o administración que piensa inaugurar una residencia y busca gerocultoras en el mercado laboral si las que pueden acreditar su capacitación profesional ya están trabajando?
Creo que la solución la tenemos en un documento fruto del malabarismo político de la exministra Belarra, el Acuerdo sobre Criterios Comunes del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Un acuerdo que muchos hemos criticado por la cuestionable forma en que se alcanzó y que, sin embargo, contiene muchos elementos aprovechables. Así, si rebuscamos en el acuerdo llegamos dentro del Título II punto octavo a lo que se conoce como: Régimen especial de zonas rurales e insulares que establece lo siguiente:
“En el medio insular rural y en los municipios rurales de pequeño tamaño, cuando no dispongan de las personas con la acreditación requerida para las categorías mencionadas anteriormente, y se acredite la inexistencia de demandantes de empleo en la zona con estas características, mediante certificado de la Oficina de Empleo correspondiente, las personas que no cuenten con la cualificación profesional exigida podrán ser contratadas, hasta que sus puestos puedan ser ocupados por profesionales cualificados, o adquieran la cualificación correspondiente.
La persona contratada en esas circunstancias tendrá derecho a recibir formación para su cualificación inmediata a su incorporación, gratuitamente y podrá usarla hasta un 20% de su jornada laboral. Para ello, las Administraciones competentes, en colaboración con las empresas u organizaciones, impulsarán las acciones oportunas para promover la acreditación de estos profesionales en el puesto de trabajo”.
Lo que propongo es que, en vez de establecer plazos irreales que son continuamente extendidos y, viendo que va a resultar difícil en casi toda España encontrar a personal con capacitación a medida que se extienda la red de atención residencial y comunitaria, podríamos establecer que, lo que se pensó para islas y pueblos pequeños se generalice como algo normal.
Para los prestadores de servicios geroasistenciales resultará siempre más conveniente contratar a alguien con capacitación, de forma que no creo que se generase picaresca.
Por supuesto, podemos quedarnos con la opción de "chutar la lata".
El problema de fondo es que, si un día llega la fecha final y hay gerocultoras sin la titulación requerida, las empresas se verían obligadas a despedirlas mediante el despido objetivo por ineptitud sobrevenida pagándoles una indemnización de veinte días por año trabajado, con una anualidad.
Hace 10 años acabé un post en mi blog con estas líneas: “Llevo unos cuantos años explicando en clases y conferencias lo mismo que he expuesto en estas líneas y suelo acabar diciendo que no me creo que nadie vaya a ser despedido el uno de enero de 2016 por no tener la cualificación profesional. Tal es mi convencimiento que me juego una cena con quien quiera a que tengo razón”.
Renuevo, diez años después la apuesta. ¿Alguien coge el guante?