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Pero, ¿qué es una unidad de convivencia?

Por Josep de Martí
viernes 23 de diciembre de 2022, 15:03h
El director de Inforesidencias.com, Josep de Martí, participa en una pildora informativa con el Bufete Escura.
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El director de Inforesidencias.com, Josep de Martí, participa en una pildora informativa con el Bufete Escura. (Foto: Bufete Escura)

Hace poco me preguntaron en una charla qué era exactamente una “unidad de convivencia” en una residencia de personas mayores. Mi primera respuesta tuvo forma de ejemplo, expliqué lo que había visto en países como Suecia, Dinamarca o Alemania y dije: “eso son unidades de convivencia”. En definitiva, un espacio en el que convive un grupo reducido de personas (entre 8 y 22, según lo que he visto en los viajes) disponiendo de un espacio privado (cada uno su habitación) y uno común con un aspecto y función “hogareño”, en el que trabajan siempre las mismas auxiliares buscando que la vida se parezca más a la de quien vive en su casa.

Las siguientes preguntas fueron: “¿sólo hay un tipo de unidades de convivencia?”, y si es así, ¿dónde está definida? Allí tuve que pensar un poco más. Yo respondí que estaba definida en el 'Acuerdo Belarra', pero al volver a casa tuve que ponerme a buscar. Lo cierto es que una cosa es “el concepto” unidad de convivencia y otra la definición que den las diferentes normativas cuando se vayan haciendo obligatorias.

El Acuerdo de Condiciones Comunes de Acreditación, (Acuerdo Belarra) da esta definición de las unidades de convivencia:

“Son espacios de convivencia reducidos que pretenden reproducir la estructura, el ambiente y el funcionamiento de un hogar. Son espacios, más íntimos, dentro de la propia residencia en los que cohabita un grupo reducido de personas, con diversas situaciones de dependencia, a quienes se les proporciona una atención personalizada con los apoyos que precisan y desean para el desarrollo de su vida cotidiana. Estos espacios se asemejan a un hogar tanto en su arquitectura, decoración y mobiliario, como en las rutinas y horarios que se adaptan a las preferencias y hábitos de las personas que conviven en ellos, favoreciendo su participación, autonomía, comodidad, estimulación, orientación y bienestar. Están compuestos por un espacio común, que incluye una zona para la preparación de comidas, comedor y sala de estar para uso de las personas que conforman la unidad de convivencia, sus familiares y personas allegadas, y por las habitaciones de las personas que viven en la unidad. Es aconsejable que dispongan también de acceso a un área exterior, tipo terraza o jardín. Estas unidades están delimitadas, identificadas y diferenciadas de otras unidades de convivencia del mismo centro y definen la estructura espacial de los centros residenciales con dimensión y ambiente de hogar”.

El mismo acuerdo, cuando explica cómo debe ser el procedimiento de adecuación, o sea, lo que tienen que hacer las residencias que ya funcionan sin unidades de convivencia dice:

“La comunidad autónoma competente en el territorio en el que se ubique el centro podrá expedir, con carácter excepcional, una autorización explícita para que aquellos centros que así lo soliciten y acrediten, técnica y documentalmente, la imposibilidad para realizar una reforma constructiva que permita la organización de los espacios en unidades de convivencia por razones arquitectónicas, no tengan que cumplir este requisito. No obstante, para conceder la referida autorización, será necesario también acreditar previamente la imposibilidad de organizar la totalidad o parte de los espacios del centro en unidades de convivencia con soluciones que no impliquen reforma constructiva significativa.

En cualquier caso, aquellos espacios que no estén organizados en unidades de convivencia deberán garantizar una disposición y organización ambiental que responda a un modelo de hogar. Además, todos los centros deben funcionar de forma coherente con el modelo de atención centrada en la persona y, en base, a los requisitos establecidos en este Acuerdo, en la totalidad de sus plazas, tanto en aquellas organizadas en unidades de convivencia como en las que no tengan este tipo de organización”.

Llegado aquí debo decir que quien me hizo la pregunta sobre las unidades de convivencia se refería a si se podría aceptar que los espacios de convivencia estuviesen repartidos en unidades “de aspecto hogareño” separadas y de uso exclusivo de grupos pequeños de residentes, con unos trabajadores dedicados, aunque los dormitorios no estuviesen en la misma planta.

Visto lo que he visto desde entonces, creo que puedo responder con un poco comprometido “depende”.

En la medida en que los criterios comunes de acreditación valen muy poco si las comunidades autónomas no los convierten en reglamentación autonómica, creo que habrá que esperar a que cada comunidad autónoma elabore su propio reglamento de acreditación.

Varias comunidades que votaron en contra del acuerdo (entre ellas Madrid, Cataluña, Andalucía, Castilla y León o Galicia) piensan seguir su camino sin tener en cuenta lo que dicen los criterios de Belarra, por lo que en éstas tendremos que esperar con un interés especial. Pero incluso las que votaron a favor a favor podrían adaptar la redacción a sus peculiaridades por lo que podrían ajustar la definición.

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Al final, sea como sea lo que hagan las comunidades, vamos a tener varias definiciones de lo que se entiende como “unidad de convivencia, e incluso cuando las tengamos veremos que la gran mayoría de residencias (las construidas hasta ahora) y que no dispongan de este sistema de organización, tendrán que crear algo que se se llama “modelo hogar”, pero que tampoco está definido claramente.

O sea, que seguimos avanzando en un camino que el 'Acuerdo Belarra' ha embarrado y llenado de interrogantes.

Para poder tomar el pulso a la situación, llevo unos meses visitando residencias pertenecientes a grupos que se hayan construido de forma reciente y que sigan lo que cada uno de los grupos considera “su modelo”. Los grupos me dejan amablemente grabar un vídeo durante la visita que después comparto en el canal de Youtube de Inforesidencias.com. Está siendo una experiencia interesantísima. De momento he visitado residencias de DomusVi, Idea, Vitalia, Emera y Valdeluz. Sigo abierto a que otros grupos me permitan visitar las últimas residencias que hayan abierto o que estén a punto de abrir.

El resultado es que no existe un único modelo, aunque sí algo común que es el esfuerzo por crear espacios lo más domésticos posibles. Habitaciones y salas que ofrecen un aspecto parecido a un domicilio y que ocultan a la vista los aspectos tecnológicos que permiten tener una vida más cómoda.

Yo creo que las comunidades deberían potenciar la innovación y la diversidad dejando a los ciudadanos que elijan. Si alguien quiere invertir dinero y esfuerzo en crear un modelo arquitectónico y de atención que no responde exactamente al de unidad de convivencia, deberíamos dejarle hacerlo y descubrir si los usuarios que necesitan una residencia quieren ir allí o a otra.

Espero que el futuro dé respuesta a una realidad en la que habrá más personas mayores, más diversas y exigentes. Espero que las administraciones sepan verlo a tiempo y espero que todos, empezando por Ione Belarra, nos veamos iluminados por el espíritu navideño y sepamos tomar en 2023 y años venideros las decisiones adecuadas para garantizar un futuro con calidad de vida y, si puede ser, un grado razonable de felicidad.

Felices Fiestas

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