Desde hace tres años venimos asistiendo en España a un debate que parecía superado hace ya mucho tiempo. Muchas administraciones autonómicas han decidido favorecer la posición de las entidades sin ánimo de lucro en el sector de los servicios sociales bajo el prejuicio de que el servicio que prestan estas entidades es siempre mejor que el que pueda ofrecer cualquier empresa por mucha calidad que aporte.
Al mismo tiempo, en un amplio arco social se entiende que cualquier recurso será siempre mejor gestionado si lo hace la administración o, en su defecto, una entidad sin ánimo de lucro dando por supuesto que la existencia de beneficio es contraria a la prestación de un gran servicio o la entrega de un buen producto. Si eso fuera así, en nuestro país no habría restaurantes, hoteles, teatros, editoriales, galerías de arte, supermercados, plataformas de series de televisión, escuelas de idiomas, gimnasios, tiendas de muebles o de ropa. Todas estas actividades tienen ánimo de lucro y si no nos dieran lo que esperamos de ellas, nadie volvería a contratar sus servicios. Las empresas que funcionan bien, crecen y las que no satisfacen las necesidades de las personas, desaparecen.
Además, un enfoque actual de la empresa conlleva que ésta tenga un impacto positivo en todos los grupos de interés con los que interactúa en su actividad: personas atendidas, familiares, profesionales, empresas proveedoras, administraciones públicas, medioambiente y accionistas generando valor para todos ellos de manera sostenida en el tiempo. No se puede concebir una empresa hoy en día que sólo mire el dividendo a corto plazo o que esté alejada de los valores imperantes en la sociedad en la que actúa. Las diferencias entre las distintas formas jurídicas son cada vez menores y conceptos como el propósito o la sostenibilidad están cada vez más presentes en todo tipo de entidades.
¿Por qué en el ámbito de los servicios sociales no se entiende que es igual? Imagino que porque trabajamos con personas en situación de vulnerabilidad, lo que se percibe como un riesgo, cuando para nosotros realmente es el estímulo más importante. Nos ganamos la vida mejorando la de muchas otras personas y lo hacemos con orgullo, sabiendo que, si no actuamos bien, estaremos defraudando las expectativas puestas en nuestro trabajo.
Que una persona se encuentre en una situación de vulnerabilidad no quiere decir que no pueda valerse por si misma o que siempre esté en situación de desamparo. Para empezar, están siendo atendidas por profesionales debidamente formados, colegiados y con una vocación de servicio muy presente en todas las personas que trabajan en el sector. La dignidad y el respeto son valores absolutamente arraigados en las entidades que trabajan en el sector, tengan la forma jurídica que tengan. Los propios usuarios son capaces de expresar su conformidad con la atención recibida, de presentar las sugerencias o quejas que consideren oportunas y, si no pudieran hacerlo por su situación, pueden hacerlo sus familiares o tutores. Finalmente, la administración impone unas condiciones para la prestación del servicio que deben ser cumplidas y que serán supervisadas por la inspección correspondiente. Es toda esta cadena de corresponsabilidad la que garantiza que la atención sea la adecuada y no la forma jurídica de la entidad que presta el servicio que no es un elemento que, por sí misma, garantice ningún nivel de calidad.
Evidentemente, siempre puede haber excepciones, como en todos los sectores, pero por lo general podemos estar tranquilos con el nivel de atención que se presta en nuestro país tanto en recursos públicos, entidades sin ánimo de lucro y en empresas del sector.
Volviendo a la reflexión inicial que planteábamos, la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017 consagra, de manera expresa en su artículo 132, el principio de que las entidades no pueden ser discriminadas en los concursos por el ánimo de lucro o por su forma jurídica, y en esa línea se ha pronunciado el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales cuando ha estimado los recursos interpuestos por parte de AERTE contra el anuncio y los pliegos del contrato de “Servicio para la gestión de los Puntos de Encuentro Familiar de la Comunitat Valenciana”, convocado por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Comunidad Valenciana, y ha resuelto anular los pliegos rectores de esta licitación en lo relativo a la inclusión de la cláusula que excluye del concurso a las entidades mercantiles que trabajan en el sector.
Desde nuestra entidad, llevamos mucho tiempo defendiendo que hay que poner en marcha un sistema de contratación de servicios sociales que establezca un estándar de calidad en el servicio, que fije un precio fijo que permita abordar los requisitos exigidos, que pague en los plazos que marca la ley y que no discrimine por la forma jurídica de la entidad. Entendemos que de esa manera se favorece la atención que se presta y a las entidades que trabajan mejor, tengan la forma jurídica que tengan pero a pesar de ello la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas ha vuelto a sacar un concurso, para la gestión del Centro Socioeducativo Els Reiets, excluyendo de nuevo a las empresas.
Esperemos que la Generalitat deje de insistir en esta exclusión, declarada ilegal por el TACRC, y cumpla la Ley de Contratos del Sector Público permitiendo la participación de cualquier tipo de entidad en los concursos lo que, sin duda, mejorará la calidad de las propuestas y del servicio prestado. De lo contrario, nos veremos obligados a seguir recurriendo cada concurso y a reclamar, hasta sus últimas consecuencias, las responsabilidades correspondientes.
José María Toro es presidente de Aerte