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EL RINCÓN DEL DIRECTOR DE RESIDENCIAS

Un dilema peliagudo

Por Dependencia.info

El experto en maltrato a mayores Jordi Muñoz Iranzo opina sobre este caso. Envíanos qué harías tú en esta situación.

Mayor dependiente.
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Mayor dependiente. (Foto: JC)

Cuando Francisca Hernando ingresó en la residencia las Marismas, de la que, por cierto, eres la directora (o director), contaba con buena salud. Fue uno de esos pocos casos en los que la misma persona que ingresa busca la residencia, toma la decisión y firma el contrato.

Han pasado cinco años desde entonces. Al principio, habiéndose recuperado de una rotura de fémur producida tras una caída en casa que la dejó temerosa de seguir viviendo sola, ella tomaba sus propias decisiones. Prefirió la residencia a quedarse en casa con teleasistencia y ayuda a domicilio porque temía que cuando la necesitase ya no podría valerse por sí misma y alguien decidiría por ella.

Doña Francisca es viuda, no tiene hijos y tiene una posición acomodada. Es propietaria de dos pisos y unos locales que tiene alquilados; además, sabemos que tiene algún dinero ahorrado. De todos sus asuntos económicos se encarga “de toda la vida” un administrador de su confianza que viene a verla dos o tres veces al año para que firme documentos y para hacerle la declaración de la renta. El administrador ya es mayor y está jubilado pero le sigue llevando los asuntos y ella está contenta con ello.

En los últimos dieciocho meses Francisca ha sufrido un deterioro considerable en su estado. Tras sufrir un pequeño accidente vascular cerebral empezó a perder la memoria, tuvo que hacer mucha rehabilitación y aún así ahora tiene dificultades para caminar, por lo que prefiere estar sentada la mayor parte del tiempo. Su estado de ánimo, normalmente de una positividad contagiosa, se fue ensombreciendo y cada vez fue pasando más ratos mirando hacia el vacío, respondiendo con monosílabos y pidiendo quedarse en la cama más tiempo. Unos meses más tarde y después de otro pequeño infarto cerebral que la llevó de nuevo al hospital, volvió a la residencia con menos peso y sin casi apetito.

Cognitivamente, sólo hace falta hablar un minuto con Francisca para ver que sigue perdiendo capacidad, aún así entiende que vive en una residencia. Reconoce a su administrador cuando viene a verla y se encuentra bien con Mislady, una joven auxiliar que lleva trabajando unos meses en la residencia y se muestra muy cariñosa con los residentes.

Hoy tenemos sentado al administrador ante nosotros. Ha venido algo preocupado.

Resulta que hoy, durante la visita que ha hecho a Francisca para que le firmase el contrato de alquiler de un piso y explicarle cómo estaban las cuentas, ella le ha dicho que Mislady le ha ofrecido irse a vivir con ella. Le ha dicho que podrían vivir en alguno de los pisos que tuviese vacíos, a ella le podría pagar lo que cobra la residencia y ella se dedicaría todo el tiempo a cuidarla, además, como tiene una hija pequeña, también la llevaría con ella y así podría disfrutar de tener a la pequeña en casa.

El administrador se ha mostrado perplejo, aunque nos ha dicho que doña Francisca siempre ha sido “muy suya”, que él le había recomendado quedarse en su casa con ayuda cuando decidió ingresar en la residencia pero ella había hecho lo que había querido. Ahora se muestra reticente porque le parece muy sospechosa la propuesta de Mislady.

Es cierto que Francisca sufre deterioro cognitivo pero, por nuestra experiencia, sabemos que difícilmente un juez la declarará incapaz. Sabemos que igual que decidió venir a la residencia puede decidir irse, pero nos parece muy poco profesional por parte de Mislady haber hecho la oferta.

El administrador dice que siempre ha actuado a favor de Francisca pero que ahora no sabe qué hacer. Tiene poderes para hacer algunas gestiones pero siempre ha consultado todo con ella. Ahora no sabe qué hacer y nos pide consejo. Si nosotros que tratamos siempre con personas mayores pensamos que lo correcto es hacer exactamente lo que dice Francisca, él lo facilitará haciendo las gestiones oportunas. Si pensamos que hay que hacer otra cosa, nos apoyará.

¿Qué harías tú?

Autor: Josep de Martí Vallés, jurista y gerontólogo. Director de Inforesidencias.com y Eai Consultoria. Profesor del Máster en Gerontología Social de la Universidad de Barcelona y del Postrado de Dirección de residencias en tres universidades.

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Respuesta del experto Jordi Muñoz Iranzo, abogado especializado en maltrato a personas mayores

Este caso nos plantea dudas respecto a la capacidad de decisión y volitiva de Francisca. Por una parte, parece que todavía preserva capacidad suficiente para entender las consecuencias de sus actos, pero por otra parece evidenciarse que hay una pérdida progresiva de capacidad.

La aparición de Mislady, cuya ética profesional es lamentable, nos hace dudar si puede producirse un abuso económico, u otro tipo de aprovechamiento, por parte de ésta. Se constata un cambio de criterio por parte de Francisca, posiblemente mediatizado por una dependencia emocional de Mislady, y no teniendo elementos de valoración, en este momento, si Francisca puede llegar a entender las consecuencias de la propuesta que recibe.

Para tomar una decisión, considero que sería preciso hacer una valoración cognitiva completa a Francisca, a los efectos de precisar cuál es su capacidad de decidir y comprensión actual, porque en función de ello, se debería cumplir la voluntad de Francisca, o bien instar medidas de protección de ésta.

Si tiene preservada su capacidad de decidir, ella decide qué hace en su vida, y solo podemos limitarnos a dar nuestra opinión y consejos. A lo sumo proponerle una supervisión o acompañamiento, a los efectos de poder hacer seguimiento de la evolución de la pérdida de capacidades, así como verificar si Mislady es una cuidadora efectiva, o bien tiene finalidades o intereses perjudiciales para Francisca.

En caso de que haya una pérdida de capacidad, en función del grado y la afectación, cabe la posibilidad de instar un procedimiento de modificación de la capacidad (incapacitación), o medidas cautelares si se observa un riesgo inminente para su persona o su patrimonio.

Posiblemente, Francisca tenga un deterioro inicial-moderado, en cuyo caso, y ante un posible abuso, cabe la posibilidad de solicitar una incapacitación parcial para aspectos muy concretos, siempre y cuando dispongamos de un informe médico que concrete de manera clara qué capacidades están deterioradas.

Abrimos la opción de una tercera vía, en el supuesto de que no haya deterioro cognitivo, o este sea muy inicial, con la finalidad de ofrecer una protección a Francisca. Se trata de la figura del Asistente del Código Civil Catalán, mediante la cual una persona propuesta por la propia Francisca, como podría ser su administrador, da soporte y complementa a determinados actos de Francisca, de los cuales debe informarse anualmente al Juzgado. Con ello tendríamos una supervisión “legalizada”, que permitiría dar una protección efectiva a Francisca, y un acompañamiento.

Jordi Muñoz Iranzo, abogado y presidente de la Asociación para la investigación del maltrato a las personas mayores EIMA

93 458 75 77 jordimunoz@icab.cat

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