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EL RINCÓN DEL DIRECTOR

¿Quién paga el colchón antiescaras?

Colchón antiescaras.
Colchón antiescaras.
Por Josep de Martí
Opina sobre este caso práctico en la gestión de residencias y envíanos lo que harías tú en esta situación.

Hacía tiempo que en la residencia las Marismas, de la que por cierto eres directora, o director, no se planteaba un problema en relación a lo que está y no está incluido en el precio. Una queja presentada por un familiar ha hecho cambiar las cosas y ahora tenemos que afrontar el problema.

Hace unos años, cuando muchos complejos vitamínicos, laxantes y pomadas fueron retirados de la financiación pública surgió la cuestión de cómo debía cobrarse a los residentes la cantidad correspondiente a su precio, si es que no los traían ellos mismos o sus familiares. Nadie dijo entonces que un medicamento no cubierto debía ser pagado por la residencia, parecía de sentido común.

De igual modo cuando un médico indicaba la necesidad de que la persona mayor durmiese sobre un colchón antiescaras, la residencia hablaba con la familia o con el propio residente y bien traían ellos el colchón o le pagaban el precio a la residencia. En esos casos, lo que solía suceder era que, tras el fallecimiento de la persona, la familia renunciaba a llevarse el colchón por lo que solía quedar siempre un stock.

La raíz del problema actual surgió cuando algunos residentes que necesitaban el colchón decían que no podían pagarlo y la residencia accedió a poner en la cama los que tenía en el almacén sin cobrar nada a los familiares.

Ahora hemos llegado a un momento en el que un residente ha regresado del hospital con una úlcera por presión, el médico de la residencia ha pautado un colchón antiescaras además de cambios posturales y otros tratamientos, la familia ha dicho que no tiene dinero para pagar y no tenemos ningún colchón en el almacén.

Hemos pasado un buen rato hablando con la hija del residente y nos ha dicho que ella considera que ese es un gasto que debiera asumir la residencia ya que es un elemento esencial para el cuidado. No atiende a razones y al final nos ha dicho que irá a hablar con la inspección y de paso se quejará de que su madre tenga una úlcera en la espalda (ver el caso “Úlceras de ida y vuelta”), ya que “eso seguro quiere decir que no la han cuidado bien”.

Sabemos que si la hija nos denuncia, aunque sea sin razón, su queja generará una inspección que puede tener consecuencias inesperadas (ver “Inspecciones surrealistas”).

Lo hemos hablado con varios miembros del equipo y vemos que los colchones que normalmente recomendamos comprar a los residentes son bastante buenos y tienen un precio de alrededor de 350€. Sabemos que existen otros más baratos, pero esos dan buen resultado.

Se nos ocurren las siguientes opciones:

  • Solventar el caso concreto comprando uno más barato (los hay desde unos 60 euros), usarlo para este residente y seguir como hasta ahora. Es la opción que menos nos gusta.
  • Comprar uno de 350 euros nosotros mismos (la residencia) y decidir que, desde ahora, es algo incluido en el precio. Nos parece una buena solución pero implica reducir ingresos, aunque no sean muchos, por lo que, si es lo que queremos hacer, tendremos que planteárselo a los propietarios.
  • Comprar alguno de 350 euros y modificar el contrato para nuevos ingresos diciendo que el uso de colchón antiescaras cuando se precise genera un coste adicional para el residente de 20 euros al mes. Nos parece una solución adecuada aunque sólo la podremos ir aplicando paulatinamente a medida que ingresen nuevos residentes.

¿Qué harías tú? ¿Se te ocurre alguna opción más?

Nota: Como existen tantas normativas diferentes y requisitos de concertación en España, sería interesante que, quien sepa si hay alguna exigencia concreta en cuanto a colchones antiescaras en algún decreto, norma de acreditación o concierto, lo comente.

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