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SUSCRITO EL PASADO 3 DE MARZO ENTRE PATRONALES Y SINDICATOS

El BOE publica el VIII Convenio de Atención a la Dependencia

Publicación en el BOE de la Convenio de la Dependencia.
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Publicación en el BOE de la Convenio de la Dependencia. (Foto: BOE)
viernes 09 de junio de 2023, 13:03h

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes 9 de junio la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal. Es importante tener en cuenta que estará vigente hasta 2025.

Recuerda que este VIII Convenio fue suscrito el pasado 3 de marzo, de una parte por las organizaciones empresariales CEAPs, FED, AESTE, ASADE y LARES en representación de las empresas del sector, y, de otra por los sindicatos FSS-CCOO, CCOO del Hábitat y UGT servicios públicos, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Hay que recordar que las cuestiones más relevantes del convenio son:

· Subidas salariales del 4%, 2,5% y 2,5% para los años 2023, 2024 y 2025, con una cláusula de actualización salarial que se aplica en el caso de que la suma de los IPC reales anuales del mes de diciembre de cada uno de los citados años sea superior a los incrementos retributivos pactados, con un tope de hasta el 3%.
· Consolidación definitiva de las tablas salariales del año 2022 (con la subida del 6,5% sobre todos los conceptos salariales).
· Reducción de 8 horas del cómputo anual de la jornada en el año 2024 (1784 y 1747 horas respectivamente), y de 12 horas del cómputo anual de la jornada en 2025 (1772 y 1735 horas respectivamente).
· Mejoras en la compensación en situaciones de IT por contingencias profesionales, al compensarse hasta el 100% del salario del 22º al 90º día de IT, hasta el 95% del salario del 91º al 120º día de IT; y hasta el 90% del salario del 121º hasta el 180º día de IT.
· Posibilidad de poder disfrutar los 4 días de libre disposición a lo largo del año.

PUEDE VER AQUÍ EL BOE CON LA PUBLICACIÓN DE CONVENIO DE LA DEPENDENCIA

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