dependencia.info

El Consejo de Ministros aprueba la Ley de Familias que contempla 5 días de permiso retribuido por cuidado de familiares

Cuidador de persona dependiente.
Cuidador de persona dependiente. (Foto: JC)
Por Dependencia.info
miércoles 29 de marzo de 2023, 09:21h

Con el objetivo “garantizar el derecho a la conciliación”, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes la Ley de Familias, que introduce tres tipos de permisos retribuidos para cuidar a los hijos, a familiares y convivientes, entre los que destaca el permiso retribuido de cinco días al año para cuidar de un familiar o una persona con la que se conviva. Surge para evitar los problemas a los que se enfrentan los trabajadores a la hora de conciliar la vida laboral y familiar.

Así, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales que lidera Ione Belarra, la parte de la nueva ley que interesa al cuidado de una persona mayor es la que crea un permiso retribuido de cinco días al año para atender a un familiar hasta segundo grado o un conviviente. Se podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.

Este permiso podrá disfrutarse independientemente de si el trabajador y sus convivientes tienen o no relación de parentesco. Se incluyen parejas que no estén casadas o amigos con los que se comparta el mismo hogar.

Por el momento, según explican desde UGT, aún no se ha aclarado si será necesario aportar un certificado médico que acredite la situación de necesidad de cuidados ,aunque es muy posible que las empresas sí que requieran su expedición.

De esta manera, se amplía el permiso ya existente de dos días

También contempla el derecho a ausentarse para atender a un familiar que requiera atención urgente (en casos de enfermedad o accidente) hasta cuatro días retribuidos al año y que se podrá disfrutar por horas o por días.

Las empresas no podrán despedir a los trabajadores que disfruten de los permisos de la Ley de Familia. Si se da el caso, se consideraría nulo

El proyecto de ley continúa ahora el proceso de tramitación en el Congreso.

Valora esta noticia
0
(0 votos)
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios