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¿Puede convertirse el Acuerdo Belarra en una barrera de entrada?

Por Josep de Martí
miércoles 20 de julio de 2022, 21:03h
Josep de Martí, director de Inforesidencias.com
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Josep de Martí, director de Inforesidencias.com (Foto: Dependencia.info)

Aunque dudo mucho de que el Acuerdo sobre Criterios Comunes de Acreditación y Calidad de los Centros y Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (que, para acortar, llamaré “Acuerdo Belarra” en reconocimiento a su impulsora) llegue a producir los efectos que pretende, sí creo que hay algo que ya está empezando a generar y es el efecto “barrera de entrada”.

Me explico.

Cuando se aprueba una norma nueva que afecta a una actividad que ya se está llevando a cabo, por ejemplo, una nueva regulación sobre condiciones de residencias para personas mayores, casi todos los que están en el mercado empiezan leyéndola por el final, buscando las “Disposiciones transitorias”; es allí donde se dice cómo la nueva reglamentación les afecta a ellos. Así, si una comunidad autónoma decide que el 70% de los dormitorios deben ser individuales, quien ya tiene una residencia y no cumple el requisito busca en la disposición transitoria si ese mismo día tiene que adaptarse y reducir capacidad, si existe un plazo más o menos largo de adaptación o si, sencillamente, la nueva norma no afecta a quienes ya desarrollasen la actividad con antelación a la entrada en vigor.

Estas disposiciones son muy importantes y sitúan a quien redacta las normas ante un dilema:

  • Si decide que los cambios son tan importantes que los centros existentes se tienen que adaptar, puede encontrarse con que una parte de ellos no pueda hacerlo y tenga que acabar cerrando. El regulador sabe que antes de cerrar se resistirán a hacerlo generándole problemas y también que si, como sucede con las residencias, existe una tendencia de aumento de demanda considerable durante los próximos años, resulta contraproducente que se cierren centros.
  • Si decide excluir a los centros existentes de la obligación de cumplir los nuevos requisitos se puede encontrar con que ha levantado una “barrera de entrada” que limita o impide que alguien pueda entrar en el sector. Si volvemos al ejemplo creo que puede quedar claro. Si una comunidad saca una norma en la que dice que las residencias deben tener un 70% de habitaciones individuales con baño adaptado, pero excluye del cumplimiento a las existentes, coloca a un inversor que quiera construir una residencia en un municipio en el que ya existen otras en una situación de desventaja. Las habitaciones individuales con baño suponen construir y mantener más metros cuadrados por residente, lo que al final genera la necesidad de más personal por lo que el coste por plaza es mayor que el de una residencia más antigua que quizás sólo tiene un 5% de dormitorios individuales y en la que además algunos dormitorios comparten el baño. La lógica nos diría que una residencia con más dormitorios individuales con baño será preferida por los futuros residentes, por lo que podrá pedir un precio más alto que compensará el coste superior. La realidad es que en casi toda España la administración es el mayor cliente de las residencias pagando plazas concertadas o financiando estancias mediante PEVs. Si la nueva residencia consigue plazas concertadas lo hará al mismo precio que las existentes por lo que es posible que no le salgan los números. Como esos números los hacen los inversores antes de comprar el terreno, muchos decidirán buscar otro lugar en el que invertir. En otras palabras, verán la barrera de entrada y no querrán afrontarla.

Por supuesto, la administración podría exigir un 70% de habitaciones individuales para concertar y subir el precio de concierto para ajustarse al incremento de costes, pero si no hay suficientes residencias que cumplan los nuevos requisitos, se quedará con muchas personas en lista de espera. En esa situación acabará rebajando los requisitos de concertación con lo que las residencias nuevas seguirían teniendo una desventaja.

La solución que se puede tomar en esas circunstancias es establecer un plazo de adaptación lo suficientemente largo para que todas las residencias puedan irse adaptando. Esa opción, en teoría, es la mejor, aunque si se hace sin suficiente consenso político sólo genera desconfianza, ya que, si el plazo de adaptación supera al del ciclo electoral es posible que un nuevo gobierno cambie de nuevo las reglas del juego con lo que las dudas volverán a emerger.

En el caso del Acuerdo Belarra, los redactores han hecho algo de malabarismo. Como no es una norma, no tiene disposiciones transitorias, por lo que hay que rebuscar un poco más.

Sobre las unidades de convivencia: Las residencias existentes tienen, en principio, un plazo que deberá recoger la norma autonómica correspondiente para situar el 80% de sus plazas concertadas en unidades de convivencia, ahora bien, se prevé una excepción: “La comunidad autónoma competente en el territorio en el que se ubique el centro podrá expedir, con carácter excepcional, una autorización explícita para que aquellos centros que así lo soliciten y acrediten, técnica y documentalmente, la imposibilidad para realizar una reforma constructiva que permita la organización de los espacios en unidades de convivencia por razones arquitectónicas, no tengan que cumplir este requisito”. Sigue diciendo que las que se acojan deberán intentar funcionar de forma parecida a unidades de convivencia.

Sobre la proporción de habitaciones individuales: En otro ejercicio de malabarismo el Acuerdo Belarra establece una proporción diferente de habitaciones individuales según cuán densamente poblada esté la zona en la que se sitúen. Si están situadas en zonas escasamente pobladas, sólo deben tener un 10%, si en la zona la densidad poblacional intermedia, el porcentaje se dobla hasta el 20% y, si se encuentran en zonas densamente pobladas, sube un poco más hasta el 25%. Esos porcentajes se refieren sólo al número de plazas concertadas, no el total (otro malabarismo del documento).

¿De dónde se saca del documento estos porcentajes? Yo no lo sé. Parecería que a los ojos de la ministra la gente de entorno tiene un componente comunitario más acentuado lo que les permite compartir más su espacio habitacional.

Sea como sea, esta cláusula también tiene su excepción que aparece así “La comunidad autónoma competente en el territorio en el que se ubique el centro, podrá expedir una autorización explícita para que aquellos centros que así lo soliciten, no tengan que cumplir los porcentajes de plazas de titularidad pública o de titularidad privada con concierto en habitaciones de uso individual referidas en el párrafo anterior, siempre que su capacidad máxima sea igual o inferior a 35 plazas y que acrediten circunstancias excepcionales de viabilidad económica o arquitectónica”.

Residencias de personas mayores en el Vallès Occidental

Las residencias existentes, por otro lado, no deberán ajustar su tamaño al límite de 120 que establecen los criterios.

No voy a detenerme en más detalles, algo que sí haré en los vídeos que estoy preparando sobre el documento (Video 1 https://youtu.be/d-lRI6JPjf0 ; Vídeo 2 https://youtu.be/zWQD11E_hjU)

Lo que sí quiero remarcar es que, aunque todavía ninguna comunidad ha traspuesto en su normativa los requisitos del Acuerdo Belarra, el efecto “barrera de entrada” ya se está empezando a producir. Varios grupos inversores están haciendo “pausas estratégicas” analizando el documento a fondo y pensando si este sector continúa siendo interesante.

Quien piense que es positivo que los fondos dejen de invertir pueden estar contentos. También pueden estar contentos quiénes tengan una residencia en funcionamiento y no piensen construir ninguna más, el hecho de que no se genere competencia les puede permitir dormir mejor. Los que pensamos que en quince años vamos a necesitar muchas más plazas en residencias que hoy no lo estamos tanto.

El día 27 tendré la ocasión de hablar del tema en el webinario que organiza CEAPs,( https://www.inforesidencias.com/contenidos/seminarios/nacional/webinario-sobre-el-acuerdo-de-criterios-de-acreditacion-27-de-julio-de-2022) no tendré mucho rato pero esto es algo que creo que tendré que mencionar.

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