La Secretaria de Estado de Derechos Sociales ha rectificado el borrador de trabajo que ha compartido con sindicatos y patronal para su negociación en la mesa del diálogo social, con el objetivo de acordar criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y de los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Entre las propuestas de este borrador rectificado está que las residencias tengan al menos un 65% de habitaciones individuales y que los nuevos centros que se construyan sean de menos de 90 plazas y estén divididos en unidades de convivencia.
Desde el Grupo Social Lares han valorado "positivamente el texto". Su presidente Juan Vela. opina que "es valiente, en la línea con el modelo de cuidados" que esta patronal del tercer sector viene defendiendo y aplicando. "Se trata de una apuesta por la atención centrada en la persona. Incluye aspectos de calidad y transparencia muy interesantes y pone a la persona y su dignidad en el centro”, ha explicado.
En cualquier caso, recomendamos fijarse en la lectura de unos puntos que pueden ser relevantes:
1.- Llama la atención que el tamaño máximo de las residencias para acreditarse pasa a ser de 90 plazas, casi doblando lo que aparecía en el anterior, que eran 50. En Dependencia.info nos hicimos eco del fuerte rechazo que había provocado en el sector que se limite el tamaño de las residencias.
(Pag 20): "Los centros cuya construcción se inicie tras la transposición normativa que se haga del presente acuerdo por parte de las administraciones competentes, no podrán superar las 90 plazas residenciales. Los centros previamente acreditados, o en proceso de acreditación, que superen dicho número deberán presentar un plan de adecuación para sectorizar el centro en unidades funcionales independientes entre si, de forma que cada una de ellas no supere las 90 plazas".
2.- La residencia es el domicilio a efectos de salud (pag 16): "A efectos de la estructura de servicios del sistema de salud, el centro residencial será considerado el domicilio habitual de las personas atendidas".
3.- Residencias en suelo urbano (Pag 20): "Los centros residenciales estarán ubicados en suelo urbano, debiéndose garantizar a las personas usuarias el acceso y la proximidad a espacios de actividad social y comunitaria favoreciendo su participación".
4.- Unidades de convivencia máximo 15 personas (pag 21): "Las personas residentes gozarán simultáneamente de espacios que preserven debidamente su intimidad y de espacios de convivencia en el centro que deben ser configurados como unidades de convivencia estables, compartidas con otras personas del centro, debiéndose diferenciar de otras unidades de convivencia del mismo centro... En estas unidades convivirán un grupo reducido, que en ningún caso podrá superar las 15 personas residentes, de forma que se pueda garantizar un funcionamiento tipo hogar".
5.- Las habitaciones (¿todas?) tendrán acceso directo a un baño adaptado (pag 21): "Se invitará a las personas y sus familias a que participen en la personalización de las habitaciones, asesorándoles sobre la conveniencia de hacerlo por la influencia positiva que ello tiene en la calidad de vida, debiéndose asegurar que los centros acreditados promueven al máximo la incorporación de mobiliario y enseres personales, permitiendo en todo caso la necesaria accesibilidad que favorezca su movilidad y la provisión de apoyos y cuidados... Las habitaciones tendrán acceso directo a baño adaptado".
6.- Sin personal sanitario las residencias de menos de 30 plazas (pag 24): "Cuando un centro de atención residencial supere las 30 plazas ocupadas, deberá contar, al
menos, con un personal sanitario a media jornada, preferentemente de enfermería, con funciones de coordinación y enlace con el sistema sanitario público y supervisión de las pautas de cuidados, ampliándose su número por cada 30 personas residentes o fracción. Para los centros residenciales de personas con discapacidad que no requieran de cuidados sanitarios especializados, este personal no será necesario, ya que la atención sanitaria se realizará en sus centros de salud y hospitales de referencia".
PUEDE VER AQUÍ Y DESCARGAR EL BORRADOR DEL ACUERDO SOBRE CRITERIOR COMUNES DE ACREDITACIÓN Y CALIDAD DE LOS CENTROS Y SERVICIOS DEL SAAD