Opina sobre este caso práctico en la gestión de residencias y envíanos lo que harías tú en esta situación.
Doña Juana tiene 89 años, lleva cuatro meses viviendo en la residencia Las Marismas donde ingresó debido a la demencia avanzada que sufre que le impide poder seguir viviendo sola. Últimamente se ha aproximado mucho al don Alberto, un hombre también de 89 que mantiene la capacidad cognitiva, tiene una pierna amputada y casi ha perdido la visión debido a una degeneración macular. Los dos se sientan juntos siempre que pueden, suelen cogerse las manos y a veces se dan besos y se acarician. El equipo de profesionales del centro y las auxiliares lo han visto y no ve ningún problema en esta situación, incluso han observado que ambos residentes están más tranquilos y felices desde que se sientan juntos.
La hija mayor de la doña Juana, nombrada tutora por sentencia judicial, dice que esto es intolerable, ha reñido dos veces a don Alberto y pide a la residencia que impida este tipo de actitudes dado que "se ve claramente que ese hombre está abusando de la incapacidad de su madre". Hay dos hijos más de doña Juana que dicen que si su madre se encuentra bien haciendo manitas con este señor ellos no ven ningún obstáculo. Don Alberto dice que no quiere tener problemas él ni ocasionárselos a nadie, que Juana le recuerda mucho su difunta esposa y que “no está haciendo nada malo”, aun así, acepta hacer lo que le digan.
En la residencia Las Marismas todavía no tenemos comisión de ética asistencial ni tan siquiera un espacio de reflexión ética, por lo que el tema se discute en una reunión del equipo interdisciplinar.
La opinión general de los profesionales es que separar a dos personas que están bien juntas, aunque una sufra demencia, es incorrecto. En seguida surgen opiniones en dos líneas:
“Doña Juana sufre demencia, pero todavía sabe lo que le gusta y lo que no le gusta. Solo hay que verla un rato y notas claramente cuándo está bien y cuándo no”.
“Sí, pero su hija es la tutora y en la sentencia dice que la tutora representa a la incapaz en las decisiones que tengan que ver con sus cuidados”.
“Si el equipo de profesionales entiende y justifica que una decisión del tutor es contraria a la calidad de vida de la persona debiera aplicarse el criterio que garantice el mayor bienestar de la persona. La hija no puede oponerse”.
“Hemos hablado con la hija. Hemos dedicado mucho tiempo a escucharla y saber qué piensa al respecto. Hemos intentado que vea la situación desde los ojos de su madre y nos ha dicho que, precisamente doña Juana ha sido durante toda su vida una mujer muy rigurosa en cuestiones de moral. Que ha educado a sus hijos marcando claramente lo que está bien y lo que está mal y que ella está segura de que su madre hubiera encontrado intolerable la situación si se lo hubiesen preguntado hace diez años”.
“Yo no me veo con cuerpo de decirles que no se pueden sentar juntos, si me lo piden”.
“La hija me ha dicho que, si vuelve a ver la situación, se llevará a su madre a otra residencia”.
Como en otras ocasiones, en un momento dado de la reunión todas las miradas se han centrado en ti.
¿Qué harías tú?