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Asorex ve "ilegal" el decreto con el que el Colegio de Farmacéuticos pretende regular la prestación de servicios a las residencias

Pastillas, medicamentos.
Pastillas, medicamentos. (Foto: JC)
Por Dependencia.info
martes 16 de enero de 2024, 18:53h

La Asociación de Atención Sociosanitaria en Residencias Extremeñas, Asorex, quiere poner en manifiesto, tras las declaraciones que están realizando ante los medios de comunicación representantes de Colegios Profesionales de farmacéuticos desde el inicio de 2024, que el borrador del decreto realizado por dichos profesionales por los que pretenden regular la prestación en centros de personas mayores de la Comunidad Autónoma es “ilegal” y vulnera derechos fundamentales de libre competencia en el sector, y sobre todo, “causaría graves perjuicios para todos los agentes intervinientes en él: titulares de oficinas de farmacia, centros sociosanitarios y usuarios/residentes de dichos centros”.

Este decreto con el que se establece un sistema de turnos establecido por los propios Colegios Profesionales, impide que sean los propios profesionales quienes decidan dónde recibir los servicios. “Nosotros trabajamos por y para las personas y por ello estamos buscando prestación farmacéutica, no compra de medicamentos”, explica Juan Carlos Campón, presidente de Asorex, que añade “no pueden decidir desde un Colegio quién nos debe vender los productos; nosotros, los que gestionamos la farmacia de los residentes debemos tener capacidad de quién defiende mejor los intereses de cada persona usuaria. Para nosotros es fundamental el trabajo del profesional de Farmacia porque nos ofrece la dispensación correcta de los medicamentos, nos supervisa los farmacéuticos”, añade Campón.

Por otro lado, explica que es incoherente con el espíritu y finalidad de los acuerdos alcanzados con el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia ha dictado en materia de calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia; y con la normativa vigente en materia de dispensación de medicamento ya que vulnera la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Mientras que “instaura ficticiamente un sistema excepcional de dispensación de medicamentos a centros sociosanitarios de titularidad pública a través de las oficinas de farmacia, que, a todas luces, se convertirá en la generalidad, encareciendo el servicio farmacéutico a las residencias de los ayuntamientos y de la Comunidad Autónoma”.

Histórico

ASOREX, como órgano representativo de las residencias de mayores privadas en Extremadura, en salvaguarda de los intereses de sus asociados, formuló sugerencias y alegaciones por escrito en abril y mayo de 2023 respectivamente, al texto del proyecto, y reiteró su preocupación por el contenido de este, en la entrevista mantenidas con la presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola Martín, y la consejera de Salud y Servicios Sociales, Sara García Espada, en noviembre de 2023. Durante la misma, la organización expresó además, su interés en que este tema se analice en profundidad antes de su aprobación, y de escucha proactiva a todas las partes afectadas por el mismo, procurando, en todo momento, regular esta prestación de manera consensuada, algo que hasta ahora no se está produciendo, teniendo en cuenta las declaraciones que realizan en los medios de comunicación los representantes de los colegios de farmacéuticos de las diferentes provincias, como el de Badajoz.

Previamente, en los textos presentados por ASOREX al anterior ejecutivo regional, anticipaba que, “en el caso de que la administración autonómica no acogiera las sugerencias recogidas en nuestro análisis, además de impugnar el decreto que se apruebe, exigirá que se depuren, dentro del ámbito que corresponda, las responsabilidades en las que se incurra con la aprobación de esta norma, la cual se dicta, desde nuestro punto de vista, patentemente al margen de la ley”, finalizan desde la organización y si se continúa con la deriva actual, se tendrá que proceder a pedir las mismas.

Otras CCAA

Destacar que, en casos similares al actual, en Castilla La Mancha, Madrid, Andalucía y Murcia, la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), hoy Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) y el Tribunal Supremo (al resolver recursos interpuestos contra resoluciones de esta) coinciden en que estos acuerdos dan lugar a conductas que incurren en la prohibición establecida en el artículo 1 Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y a las que no es aplicable exención alguna.

Por otra parte, la CNMC ha cuestionado este tipo de convenios desde la perspectiva de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM), en tanto que impondrían requisitos discriminatorios basados directa o indirectamente en el lugar de residencia o establecimiento del operador, que son considerados contrarios a la libertad de establecimiento.

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