Recientemente he colaborado y se ha publicado un interesante artículo en el diario ARA sobre “Inspecciones a las residencias de personas mayores” en el que se hacen algunas afirmaciones sobre las que me gustaría extender alguna reflexión:
1.- Cuando hablamos de aumentar las inspecciones al amparo de determinados contextos, sin reflexionar en cómo son las mismas y el clamor a su puesta al día del marco jurídico que las sustenta, método operativo y seguridad jurídica de las mismas, muchas veces me suena a instrumentalizarlas como pura venganza y/o alegrar con música vengativa oídos de terceros. Es algo así como acentuar la fuerza represora propia de otras épocas. Si esto lo ponemos en boca de responsables politicos, y más aún si es desde la propia Conselleria en sede parlamentaria y “todos callados” me parece muy grave, tremendamente grave.
2.- Cuando hablamos de que son “previamente anunciadas” una de dos:
- Es cierto, se aportan pruebas y el Departament investiga y sanea de inmediato la parte podrida de la manzana… o de lo contrario se convierten en cómplices del pasteleo y en consecuencia, participes de unos hechos delictivos que bien podrían encuadrarse en alguno de estos supuestos: comportamiento injusto de los funcionarios públicos (art. 404 a 406 C. Penal), omisión del deber de perseguir delitos (art. 407 a 409 C.P.), cohecho (art. 419 a 427 bis C.P.) e incluso tráfico de influencias (art. 428 a 431 C.P.).
- No es cierto y, o se retracta inmediata y públicamente la persona que hace la afirmación o el Departament, como directamente implicado, la denuncia por calumnias ante unas afirmaciones delictivas que señalan a la Conselleria de Drets Socials.
No vale el silencio ni ponerse de perfil. Si ninguna de estas actuaciones se produce en breve y con conocimiento público, está muy claro que esta Asociación recurrirá a otras instancias. El silencio compromete la profesionalidad tanto de personas inspectoras como a todo un sector. Que esta Asociación tenga que defender la honorabilidad de ambas cosas y desde la Conselleria se guarde silencio tiene tela marinera…
3.- Cuando se dice que conviene pagar la multa antes de las subsanaciones sencillamente “no se tiene n.p.i de lo que se dice. Rápidamente una inspección sancionadora “normal” levanta cifras de 40.000 a 60.000 €. Estas cifras, para la grandísima mayoría de residencias PIME o empresas familiares puede significar sencillamente su quiebra, en consecuencia, se juegan demasiado para actuar frívolamente con las actas de inspección como para que esa teoría cale en la opinión pública. Entre otras cosas es por ese compromiso necesario de los prestadores de servicios que los profesionales proponemos y defendemos centros con un máximo de 80 o 90 plazas para el futuro.
Ante ello desde ASCAD hace muchos años que estamos insistiendo y proponiendo que el marco jurídico del actual sistema de inspección es obsoleto y manifiestamente mejorable. Es algo que nació viciado y desde hace años NO responde a las necesidades de usuarios, familias y profesionales del sector siendo un generador continuo de inseguridad jurídica impropio de un estado de derecho. De aquellos barros… estos lodos.
Necesitamos unas inspecciones comprometidas con la realidad del envejecimiento, especialmente de alta dependencia, al necesario cambio de modelo y sus formas de aplicarlo en diferentes escenarios estructurales y funcionales, a salvaguardar los derechos de los ciudadanos y sus cuidadores y que acompañen esa transición con unas normativas que se deberán adaptar tanto al nuevo modelo como a la transición de los actuales centros.
Y todo ello entendiendo que los procedimientos sancionadores implican revisar y ajustar especialmente la tipificación de las faltas, la objetividad y el principio de seguridad jurídica, entendiendo especialmente a la “seguridad de que se conoce lo previsto como ordenado, permitido o prohibido por el poder público y también al principio de tipicidad como garantía a la que tiene derecho la ciudadanía en general, y los agentes del sector en particular, para conocer en todo momento, y con certeza, las conductas que constituyen una infracción y a la vez, la sanción correspondiente.
Este nuevo escenario beneficiará sin duda a todo el conjunto, residentes, familiares, empresas, profesionales, así como a la propia administración. El “check-list” es una necesidad vital. El obligado espacio impide continuar con más reflexiones que merece el contenido del artículo, como las que aporta un “médico anónimo”, pero… seguiremos.
Andrés Rueda, presidente de ASCAD