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JOSEP MA BARCELONA: "FUNDAMENTAL, ACREDITAR LAS MEDIDAS ADOPTADAS"

¿Qué tiene que hacer una residencia para prepararse ante una posible demanda tras la pandemia?

miércoles 03 de junio de 2020, 19:54h
Josep Ma Barcelona Pedret
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Josep Ma Barcelona Pedret

Parece que los datos de fallecidos por la Covid-19 mejoran de forma sorprendente y que las distintas comunidades autónomas avanzan por las fases de la desescalada en busca de la ansiada "nueva normalidad". En las residencias de personas mayores se alegran de que los residentes vayan pudiendo poco a poco recibir las visitas de sus familiares, pero ya ponen el ojo en lo que pueden ser posibles denuncias por los fallecimientos registrados en el centro.

Saber prepararse e ir recopilando documentación que pueda servir de prueba se torna fundamental para poder demostrar que se actuó en todo momento según normativa. Así, el responsable del departamento asistencial del Bufete Escura, Josep Ma Barcelona, explicaba a Dependencia.info algunas de las claves a tener en cuenta en una residencia para hacer frente a posibles demandas.

De forma previa, para situar, se ha puesto a las residencias en el centro de la polémica por cómo se ha gestionado la crisis. ¿Cree usted que ha existido y existe un gran desconocimiento sobre qué es una residencia y hasta dónde llegan sus responsabilidades?

En efecto, una residencia no es un centro sanitario, es un centro de servicios sociales y eso que parece obvio para cualquiera que trabaje o conozca el sector, no lo es para mucha gente. Una residencia es un servicio social sustitutorio del propio domicilio del usuario, sobre el que existe un amplio consenso conforme debe regirse por la ACP (Atención Centrada en la Persona).

Ante una situación de crisis sanitaria, los usuarios de centros residenciales deberían haber sido derivados a un centro sanitario, igual que las personas que residen en sus domicilios. Se ha responsabilizado al sector como si fuesen centros sanitarios que no estaban preparados para atender a los usuarios en una situación de crisis, como si fuese su obligación poder atenderlas, cuando no es así.

Evidentemente es legítimo plantear un cambio de modelo, estaremos de acuerdo o no con dicho cambio, pero antes de proponerlo, primero hay que conocer el que existe en la actualidad, y muchos responsables políticos y ciudadanos en general, ni siquiera lo conocen.

Algún sector auguraba una lluvia de denuncias por los fallecimientos producidos en las residencias de personas mayores. ¿Es factible que ocurra esto? ¿Qué cree usted que puede pasar?

Ya se están produciendo muchas reclamaciones, de momento se reciben requerimientos vía burofax por parte de abogados que solicitan información (la historia clínica, la compañía de RC, etc).

Confío en que esos compañeros, una vez estudien la documentación y las pruebas, aconsejen a sus clientes en desistir de iniciar acciones legales, ya que, en la mayoría de los casos, no hay base jurídica para ello, pero seguro que reclamaciones judiciales habrá.

¿Qué es lo primero que tiene que hacer una residencia para prepararse si considera que puede ser denunciada?

Todo procedimiento judicial se basa en las pruebas de las que dispone una u otra parte en litigio. Para poder defendernos necesitamos disponer de pruebas de cómo se ha actuado durante la situación de crisis sanitaria. Es fundamental poder acreditar las medidas que se han adoptado, las solicitudes de ayuda a las administraciones públicas, las solicitudes de derivaciones hospitalarias, de test de diagnóstico, las gestiones realizadas para la compra de EPIs y la contratación de personal, etc.

Todas estas acciones pueden documentarse con correos electrónicos enviados entre miembros de la organización o a terceros, con protocolos de trabajo que se haya confeccionado, instrucciones escritas entregadas a los trabajadores, etc.

¿Es demasiado tarde ya para empezar a prepararse? ¿Hay algo que si no han hecho ya no van a poder hacer?

Evidentemente, si en su momento no enviamos un mail e hicimos una llamada telefónica, ahora no podremos documentar una determinada actuación, o deberemos buscar otros medios indirectos para hacerlo.

Es por ello por lo que, en la medida de lo posible en estos momentos, es recomendable dedicar algo de tiempo a recopilar y ordenar todas estas pruebas por si las podemos necesitar en un futuro.

Una vez denunciada, ¿cuál es el siguiente paso?

Depende de la vía por la cual se ha sido denunciado. Podemos haber sido denunciados a Inspección, a la Policía, a Fiscalía o directamente al Juzgado. Tampoco es lo mismo una reclamación por la vía civil que por la vía penal. En ocasiones tendremos que esperar a que se formalice la acusación o reclamación, a que se concrete, ya que incluso muchas actuaciones se pueden archivar directamente ante la falta de pruebas.

Cuando sea el momento oportuno, lógicamente lo que debemos hacer es defendernos con las pruebas que obren en nuestro poder. Recordemos que incumbe a quien acusa demostrar esas acusaciones y que rige el principio de presunción de inocencia.

¿Qué probabilidad de éxito tiene ahora mismo una demanda contra una residencia que ha cumplido la normativa durante este tiempo de pandemia?

No debería tener ninguna probabilidad, ya que además de haber cumplido con la normativa, no podemos olvidar que hemos estado inmersos en una situación de fuerza mayor. A pesar de ello, no obstante, hay que defenderse correctamente, no podemos confiar simplemente en el hecho de saberse inocente o no responsable. Además, se pueden haber cometido errores, aunque se haya actuado con la mejor voluntad y todo depende de cómo interprete en una última instancia un juez, la magnitud de ese error.

Durante esta crisis sanitaria, según han manifestado muchos responsables de centros residenciales, las autoridades sanitarias no han permitido o han puesto dificultades para derivar residentes afectados por coronavirus a los hospitales, para evitar el colapso de estos últimos. En consecuencia, los centros residenciales han tenido que afrontar esta crisis, de carácter extraordinario, sin los medios necesarios (Epis), sin la posibilidad de adquirirlos en el mercado y sin que las administraciones se los pudiesen facilitar, debido al desabastecimiento tras declararse la pandemia, sin poder efectuar test masivos y, sobre todo, con bajas entre el personal a consecuencia del propio coronavirus. Si bien se han podido cometer errores en algunos centros, en modo alguno se puede cuestionar la labor de todo el sector residencial.

Si hubiese sido posible derivar a los hospitales a todos los usuarios con síntomas de coronavirus o con otras complicaciones en los momentos de mayor colapso del sistema, la situación hubiese sido muy diferente, pero lo cierto es que no ha sido posible y no por voluntad de los propios centros residenciales.

Por el contrario, ¿podría una residencia demandar a la Administración, regional o central?

Se ha hablado mucho de posibles reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra las distintas administraciones públicas. Francamente, en términos generales, no creo que prosperen por la misma razón que comentábamos antes. Nos hemos visto inmersos en una situación de fuerza mayor.

Seguro que las administraciones tenían más capacidad y medios para prever lo que ha sucedido (desde luego más que los centros residenciales, y aun así, muchos tomaron medidas previsoras), pero si miramos lo que ha sucedido en el mundo entero, vemos que la inmensa mayoría de los países y, por lo tanto, de sus administraciones, con contadas excepciones, no previeron la crisis que se nos venía encima.

Ahora bien, por actuaciones concretas y siempre que se disponga de las pruebas necesarias, se podrían plantear acciones de responsabilidad patrimonial contra la Administración. El tema de las dificultades e incluso de la imposibilidad de efectuar derivaciones de usuarios a centros sanitarios, sería un claro ejemplo.

Las residencias han sido señaladas por muchos medios de comunicación e incluso políticos como responsables de las muertes producidas por una pandemia que ha afectado a todo el mundo y, con especial virulencia, a las personas mayores. ¿Pueden los centros residenciales denunciar también por dañar su imagen o lesionar su honor?

En efecto, en diversos medios de comunicación han aparecido noticias en ese sentido y hemos asistido a declaraciones muy injustas por parte de diversos representantes políticos que acreditan lo que decíamos al principio, el desconocimiento que existe sobre el sector. Todo aquél que se considere perjudicado por la actuación de un tercero, tiene derecho a interponer la correspondiente reclamación y en su caso, obtener una indemnización que compense los daños y perjuicios que ha sufrido.

Los centros residenciales, también pueden hacerlo, tanto contra medios de comunicación, como contra cualquiera que con sus acciones u omisiones les haya causado un perjuicio que no tenga el deber legal de soportar, pero una vez más, hay que poner el énfasis en la prueba y en este tipo de reclamación, además, en la acreditación del daño que muchas veces es lo más difícil de probar.

¿Es conveniente o recomendable planteárselo o habría que esperar a otro momento?

Además de lo que ya hemos dicho, es conveniente valorar el daño que puede provocar la propia reclamación. Mientras la misma se tramita, se genera un mayor ruido mediático que lejos de beneficiarnos nos puede perjudicar. Si al final ganamos la reclamación, es posible que el impacto mediático no sea ni de lejos igual al generado cuando nos acusaron injustamente, y no digamos si perdemos porque simplemente el juez no considera suficientemente acreditado el daño.

Son temas delicados que hay que plantearse sin prisas y valorando muy bien las declaraciones o acusaciones falsas que se han formulado contra el centro, la capacidad del que las profiere de conocer la verdad y las pruebas que podemos aportar de dicha falsedad.

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