El Senior Living en España engloba distintos modelos de vivienda y comunidad para personas mayores más allá de las residencias tradicionales, incluyendo apartamentos con servicios, viviendas tuteladas, senior resorts y cohousing sénior e intergeneracional. La oferta es todavía limitada y está dirigida principalmente a personas autónomas, aunque algunos modelos incorporan servicios para acompañar la transición hacia la dependencia, combinando recursos públicos y privados.
Los apartamentos con servicios pueden ser públicos o privados, con atención básica y posibilidad de apoyo domiciliario; las viviendas tuteladas son generalmente públicas y supervisan a residentes autónomos con riesgo social; los senior resorts ofrecen un estilo de vida tipo resort con servicios bajo demanda, acceso basado en pago y enfoque empresarial; y el cohousing se basa en cooperativas autogestionadas, promoviendo apoyo mutuo y envejecimiento activo, con servicios externos según necesidad.
Todos los modelos son compatibles con la Ley de Dependencia, aunque los de mayor dependencia suelen requerir traslado a residencias, y se están explorando adaptaciones según contextos urbanos, rurales o costeros, combinando soluciones cooperativas y empresariales para ampliar las opciones de vida de los mayores.
Senior Living en España
El Senior Living, es un concepto vivo y en construcción que abarca distintos tipos de vivienda y comunidad diseñados para personas mayores, más allá de las residencias para personas mayores tradicionales.
En esta serie de artículos vamos a analizar los modelos principales: apartamentos con servicios, viviendas tuteladas, senior resorts y viviendas colaborativas (cohousing sénior e intergeneracional); en varios paises, intentando detallar su sistema de acceso, el tipo de tenencia (propiedad, alquiler, cesión de uso..), la gestión del aumento de la dependencia y si son esencialmente iniciativas públicas, empresariales o cooperativas. Voy a intentar incluir ejemplos concretos y comparativas para ilustrar las diferencias.
España está empezando a incorporar modelos de senior living que, a menudo se presentan como “alternativa a las residencias geriátricas tradicionales”, aunque lo cierto es que ofrecen sus servicios a un perfil de usuario diferente (normalmente personas autónomas y de edad no muy avanzada) y que, por ahora sumponen una oferta muy limitada (unas 4.000 unidades en 2024, con previsión de llegar a 8.000 en 2030).
Entre lo que hoy se ofrece se mezclan iniciativas públicas y privadas, que, aunque en principio piensan, como he dicho en personas “mayores-jóvenes” que se valen por sí misma, suelen tener una preocupación por lo que sucederá cuando esas personas pierna su autonomía y requieran de servicios y atenciones profesionales.
Sobre este punto, vale la pena indicar, para empezar, que Ley de Dependencia permite que, si un residente de un tipo de estas viviendas llega a necesitar apoyos, pueda solicitar servicios públicos (teleasistencia, ayuda a domicilio o centro de día) como cualquier otra persona mayor en su domicilio y recibirlos allí. El problema, cuando aparece, no es tanto que no se puedan recibir servicios en las viviendas sino que, si se alcanza un nivel muy elevado de dependencia, con o sin deterioro cognitivo, se hace imposible recibir la atención adecuada en un lugar que no sea una residencia.
En la medida en que estos servicios se suelen presentar erróneamente como un “sustituto a las residencias actuales”, el hecho de que no puedan ofrecer cuidados “hasta el final” puede resultar frustrante para quien piensa ir a vivir en alguna modalidad de senior living.
Otra cuestión que se pone de manifiesto en los complejos que llevan tiempo funcionando es que no es extraño que sean los propios usuarios autónomos los que pidan que aquellos con más necesidad de cuidado sean trasladados a otros lugares de atención.
Aunque hacer una taxonomía de los servicios resulta complejo, y seguro que puede haber desacuerdo, para poder poner un poco de orden en este artículo haré una primera clasificación:
1.- Apartamentos con servicios (viviendas con servicios)
Los apartamentos con servicios son viviendas independientes adaptadas para personas mayores, que incluyen servicios de apoyo y, en algunos casos zonas comunes. En España suelen ser de alquiler protegido público, dirigidos a mayores de 65 años autónomos, con rentas asequibles y diseño adaptado (accesibilidad, seguridad). Por ejemplo, Barcelona cuenta con unas 1.500 viviendas con servicios municipales para mayores de 65 años, integradas en la comunidad y con servicios complementarios de limpieza, conserjería, atención básica, etc.. El acceso se realiza mediante convocatorias públicas: los solicitantes deben inscribirse en un registro de vivienda protegida y cumplir requisitos como edad mínima (65+), ser autónomos y a menudo tener necesidad de vivienda (no disponer de alojamiento adecuado). Al adjudicarse, firman un contrato de alquiler con una cuota que suele incluir algunos servicios como pueden ser la limpieza de zonas comunes, mantenimiento o la teleasistencia. Recomiendo leer las página del Ayuntamiento de Barcelona, aunque hay algunos otros municipios con servicio similares https://www.habitatge.barcelona/es/acceso-a-vivienda/el-parque-publico-de-vivienda/viviendas-con-servicios-para-gente-mayor.
En el ámbito privado también surgen promociones de apartamentos con servicios para seniors independientes, a menudo denominados “senior living”. Suelen ofrecer viviendas de entre 50 y 70 m² totalmente equipadas en edificios con zonas comunes (restaurante, gimnasio, salas de ocio) y servicios hoteleros o sanitarios opcionales. Un ejemplo urbano es el complejo de Las Arcadias en Madrid https://lasarcadias.com/apartamentos/el-encinar/ , con apartamentos de alquiler y servicios como conserjería 24h, eventos organizados, enfermería, etc. En estos complejos el acceso es más flexible (basta la edad mínima, típicamente >60 o 65 años, y capacidad de pago), y la tenencia suele ser alquiler privado o derecho de uso mediante un contrato de arrendamiento de larga duración.
Junto a complejos de apartamentos con servicios que funcionan autónomamente, desde hace unos cuantos años algunas empresas gestoras de residencias han introducido el concepto de “atención continuada” construyendo apartamentos con servicios muy cerca o conectado con residencias de personas mayores. En algunas ocasiones han sido apartamentos en venta como Casablanca Valdemoro situados a escaso metros de una residencia del mismo grupo; en otras son edificios conectados entre sí, pero con entradas diferentes, como el modelo Adorea y algún complejo de Ballesol, Sanitas o Albertia. También hay modelos originales como el de Emera Carabanchel en el que una planta de una residencia está formada por apartamentos con servicios compartiendo recepción pero manteniendo comedor y espacios de convivencia diferentes. También la residencia Monteparís ha optado por ofrecer un abanico de opciones, desde apartamentos con servicios a residencia con distribución tradicional a unidades de convivencia y atención diurna en un mismo inmueble. La peculiaridad es que estas empresas y entidades, dedicadas principalmente al cuidado de personas dependientes, no han solido utilizar el nombre “senior living”.
Transición a la dependencia: En los apartamentos con servicios, al ser viviendas independientes, si el residente empieza a necesitar ayuda se recurre a servicios in situ (teleasistencia, personal de apoyo disponible en el edificio) o se contratan cuidadores a domicilio. Al ser usuarios de vivienda normal, pueden solicitar la ayuda a domicilio pública o asistencia sanitaria del sistema público como cualquier mayor en su casa. Muchos complejos cuentan con enfermería o convenio con empresas de cuidados, de modo que el residente no tenga que mudarse inmediatamente ante una dependencia moderada. Sin embargo, si la dependencia se agrava mucho (gran dependencia), podría requerir traslado a una residencia asistida externa, ya que estos apartamentos no ofrecen cuidados integrales de 24 horas. La entidad gestora de los apartamentos puede ayudar en la búsqueda de la residencia como parte de los servicios que ofrece.
Gestión: En España abundan iniciativas públicas/municipales (modelo social) frente a un número más escaso de iniciativas privadas. Los apartamentos con servicios públicos son gestionados por ayuntamientos o fundaciones, con rentas subvencionadas, mientras que los privados son un modelo de actividad económica inmobiliaria emergente (senior living de promoción privada). Las empresas ofrecen un “paquete de vivienda más servicios servicios básicos”, a menudo con énfasis en comunidad y bienestar para mayores activos. Junto a esos servicios se pueden ofrecer otros paquetes más completos que pueden incluir la alimentación, actividades relacionadas con la salud (fisioterapia, spa…). También hay algún proyecto cooperativo en esta línea, aunque en España lo cooperativo se asocia más al cohousing (ver más abajo) que a este formato de “serviced apartments” (apartamentos con servicios). En resumen, los apartamentos con servicios pueden ser empresariales (normalmente empresas inmobiliarias o cadenas geriátricas como Ballesol, Emeis, Sanitas, Albertia o DomusVi que ofrece apartamentos con servicios en sus complejos) o públicos (vivienda protegida municipal), pero no son habitualmente cooperativos autogestionados.
2.- Viviendas tuteladas (Pisos tutelados)
El término viviendas tuteladas (o pisos tutelados) se refiere en España a pequeñas viviendas diseñadas para mayores que viven de forma independiente pero con cierta supervisión o apoyo social. Surgieron en los años 1980 como recurso intermedio entre la casa propia y la residencia, a menudo impulsados por administraciones públicas. Suelen ser viviendas para mayores de 60 años con plena autonomía funcional que, no obstante, presentan necesidades sociales o riesgo si viven solos. Muchas veces van dirigidas a mayores con vivienda inadecuada o sin alojamiento estable, para proporcionarles un hogar adaptado y seguro. A diferencia de los apartamentos con servicios las “viviendas tuteladlas” suelen estar recogidas con ese nombre u otros parecidos en el catálogo de servicios sociales de las diferencias normativas autonómicas lo que los convierte en eso: un servicio social. Y como tales tienen que estar autorizados por la comunidad autónoma en la que se radican e inscritos en un registro de servicios sociales.
Acceso: Los requisitos típicos incluyen edad mínima (60 o 65 años), ser básicamente autónomo (válido en AVD), no tener vivienda en propiedad o estar en situación de vulnerabilidad residencial. Se accede mediante adjudicación pública (listas de solicitantes municipales o de la comunidad autónoma) o a través de ONG/entidades que gestionan estos pisos. En algunos casos también existen viviendas tuteladas de oferta privada, a las que se accede comprando o alquilando directamente. Pero cuando esto sucede hay que ser cautelosos ya que, aunque algunas promociones se denominen como apartamentos o pisos tutelados, puede ser que de verdad sean lo que hemos llamado viviendas con servicios.
Tenencia: El precio que paga el usuario en las viviendas tuteladas, cuando, como sucede en la mayoría de los casos, son públicas, no es estrictamente un alquiler sino un precio público, una especie de “copago”.
Servicios y cuidado: Por definición, una vivienda tutelada ofrece supervisión: suele haber un conserje o trabajador social que visita a los residentes periódicamente, sistemas de alarma o teleasistencia conectados 24h, apoyo en tareas domésticas, limpieza general, etc. La idea es dar tranquilidad y apoyo ligero, manteniendo la autonomía. Si un residente empieza a perder autonomía, normalmente se intenta aumentar los apoyos in situ (por ejemplo contratando ayuda a domicilio, solicitando asistencia de la Ley de Dependencia, o usando servicios como comedor y lavandería que a veces ofrecen estos centros). No obstante, no suelen tener cuidados sanitarios intensivos in situ, así que si el mayor necesita cuidados continuos (por ejemplo, demencia avanzada o dependencia severa), generalmente debe trasladarse a una residencia asistida. En algunos casos el propio convenio de uso establece que ante ciertos grados de dependencia el contrato finaliza para garantizar la atención adecuada en un centro especializado.
Modelo empresarial vs cooperativo: En España las viviendas tuteladas nacieron sobre todo como iniciativa pública y del tercer sector (IMSERSO, ayuntamientos, ONGs). Por ejemplo, algunas ciudades construyeron edificios de apartamentos tutelados anexos a residencias municipales, gestionados por los servicios sociales.
3.- Senior resorts (comunidades de retiro con servicios)
Los llamados senior resorts son comunidades residenciales de mayores que ofrecen un estilo de vida tipo “resort” vacacional: viviendas independientes en un entorno con amplias amenidades (jardines, piscinas, club social, restaurantes, instalaciones deportivas) y servicios disponibles bajo demanda (limpieza, restauración, asistencia sanitaria, ocio organizado). Este concepto, muy desarrollado en EE.UU. (las retirement communities), está empezando a implantarse en España, sobre todo en zonas costeras atractivas para jubilados nacionales y europeos.
Algunos ejemplos destacados son Ciudad Patricia en Benidorm https://www.ciudadpatricia.com/es/apartamentos/ , Montebello en la Nucía (Alicante) https://residenciamontebello.es , o María Auxiliadora en Almuñécar (Granada) https://www.laalfaguara.com/residencia-maria-auxiliadora/, o Forum Mare Nostrum en Alfaz del Pi (Alicante) https://www.marenostrum-alfaz.com , activo desde hace 20 años. Este último es un complejo de 233 viviendas para mayores autónomos (edad media de aproximadamente 75 años, muchos extranjeros) con 62.000 m² de instalaciones incluyendo un edificio central que alberga servicios sociales, sanitarios (enfermería, fisioterapia) y culturales. Este “resort senior” funciona con un modelo de acceso mixto: los residentes pagan un anticipo (entrada) importante; entre 100.000€ y 230.000€; y luego un alquiler mensual de 350€ a 950€, que les da derecho a la vivienda y al disfrute de todos los servicios comunes. La entrada inicial se reembolsa parcialmente al salir, similar al modelo de continuing care retirement community (CCRC) anglosajón.
Otros complejos en desarrollo en la Costa Blanca y Baleares siguen esquemas parecidos, dirigidos sobre todo a jubilados de Europa atraídos por el clima español. Montebello o María Auxiliadora combinan en diferente medida apartamentos para mayores con una residencia para los residentes que lo requieran debido a su situación de dependencia sobrevenida. Como ofrecen o coordinan la prestación de servicios de ayuda a domicilio a los usuarios de los apartamentos, en la práctica retrasan mucho la necesidad del traslado a la residencia, pero ofrecen la posibilidad de recibir el servicio como parte de su filosofía de atención continuada.
Criterios de admisión: Estos resorts suelen ser comunidades de acceso libre para mayores que puedan costearlo. La edad mínima acostumbra a ser 55 o 60 años, sin más criterio sanitario que ser independientes al ingreso (no se admiten personas con gran dependencia o demencia avanzada de inicio, ya que no son residencias sanitarias). Se espera que los residentes sean autónomos al entrar, aunque pueden tener pequeñas necesidades que se cubren con los servicios disponibles. No hay baremación de dependencia pública, sino que cada complejo puede evaluar mediante entrevista o informe médico la autonomía del solicitante. Dado el elevado coste de entrada, el perfil típico es e de un jubilado de clase media-alta (en muchos casos extranjeros con pensiones altas o patrimonio).
Tenencia del espacio: A diferencia del alquiler convencional, aquí predominan modelos híbridos. En algunos casos como en Montebello se paga por un servicio que incluye el uso de un espacio privativo, aunque no es de forma estricta un arrendamiento. En Forum Mare Nostrum la propiedad de las viviendas la tiene la gestora; el residente adquiere un derecho de uso vitalicio al aportar la cuota inicial (que actúa como fianza o depósito) y luego paga un alquiler/maintenance mensual.
En otros desarrollos podría haber compra en propiedad (adquirir la vivienda) dentro de una urbanización con cuotas comunitarias altas para servicios, o cooperativas en cesión de uso para abaratar costes. No obstante, en España la mayoría de senior resorts actuales son promovidos por empresas inmobiliarias o fondos de inversión, por lo que el esquema entrada + mensualidad es común ya que permite a la empresa financiar la infraestructura con las entradas y obtener ingresos continuos con las cuotas. En resumen, no es exactamente ni propiedad plena (no se puede revender libremente en mercado) ni alquiler clásico, sino fórmulas de cesión de uso a largo plazo.
Transición a dependencia: Estas comunidades intentan integrar la idea continuum de cuidados para permitir envejecer el máximo tiempo posible en el lugar. Esto quiere decir que disponen de servicios in situ: médicos de guardi (presencial o en contacto) o enfermería 12h o 24h; sistema de “botón de alarma” en las viviendas, fisioterapia, ayuda doméstica, acompañamiento a citas médicas, etc. Muchos tienen convenios con empresas de asistencia domiciliaria que los residentes pueden contratar cuando van necesitando apoyo en AVD.
En algunos casos, el complejo incluye unidades asistidas o incluso una pequeña residencia/enfermería, como en el caso de Montebello, para quienes llegan a necesitar cuidados avanzados. La tendencia es que los resorts vayan disponiéndoselo módulos de cuidados intensivos para atender a sus residentes más frágiles sin que tengan que trasladarles a otros establecimientos.
En general, la filosofía es “aging in place”: primero se vive de forma independiente disfrutando de actividades (esparcimiento, deporte, vida social); según aumenta la dependencia, se proveen más servicios in situ o se traslada al residente a la “sección asistencial” dentro del mismo complejo si existe. Así se evita, en lo posible, la salida del entorno reconocido como propio. Es importante destacar que estos complejos son privados, por lo que los servicios de dependencia públicos (ayuda a domicilio, etc.) pueden solicitarse, pero a menudo los propios operadores ofrecen paquetes privados equivalentes (con coste adicional) para asegurar la continuidad de cuidados.
Empresarial vs cooperativo: Los senior resorts en España han surgido casi exclusivamente desde el sector empresarial privado. Promotoras inmobiliarias, cadenas hoteleras y fondos ven oportunidad en atender al creciente mercado de jubilados internacionales y nacionales, capitalizando el atractivo turístico de ciertas zonas. Por ejemplo, el complejo Forum Mare Nostrum fue creado por Grupo Goya y vendido a un fondo belga (Care Property) que lo explota con ánimo de lucro. Las características (grandes inversiones, gestión profesional de servicios, marketing internacional) hacen que predomine el modelo de empresa gestora especializada.
En cambio, el modelo cooperativo de resort es poco común: implicaría que un grupo de mayores autopromueve un “resort” sin ánimo de lucro. En España se conocen pocos casos; quizás algún intento de cooperativa para urbanización senior costera, pero no consolidado. En la práctica, algunas cooperativas senior optan por entornos rurales o periurbanos más pequeños, no por macrocomplejos turísticos. Por tanto, la distinción aquí es clara: senior resorts = producto empresarial (similar a apartahotel de jubilados), con gestores profesionales; apenas hay versiones cooperativas salvo que se considere cooperativa la figura de cesión de uso en algunos (aunque detrás suele haber empresas constructoras implicadas).
4.- Viviendas colaborativas (Cohousing sénior e intergeneracional)
Las viviendas colaborativas (cohousing) son comunidades autogestionadas por sus residentes bajo un modelo cooperativo. Un grupo de personas (en este caso, adultos mayores) diseña, promueve y gobierna conjuntamente un conjunto de viviendas privadas con amplias zonas comunes, donde comparten actividades, cuidados y decisiones.
Hay dos variantes: cohousing sénior (todos los miembros son mayores, con edad mínima típicamente >50 años) y cohousing intergeneracional (conviven personas de distintas edades, familias jóvenes y mayores, para ayudarse mutuamente). España, con su tradición familiar, históricamente no desarrolló cohousing, pero en la última década ha habido un auge de proyectos pilotados por mayores activos que buscan “envejecer entre amigos”.
En 2025 había identificados 179 proyectos de vivienda colaborativa de mayores en distintas fases, de los cuales 40 ya estaban habitados. Aunque aún es incipiente (comparado con Países Bajos o Dinamarca que llevan décadas), cada vez más comunidades autónomas están apoyando este modelo con marcos legales y subvenciones.
Sistema de acceso: Al no ser una vivienda convencional de mercado, el acceso es mediante participación como socio cooperativista. Es decir, para “entrar” en un cohousing senior primero hay que formar parte del grupo que lo promueve (o unirse si ya existe vacante). Suelen fijar una edad mínima de entrada (p.ej. >50 o >60 años) y requieren afinidad con los valores comunitarios. No hay criterios de salud estrictos al ingreso, pero se asume que los fundadores están en buen estado ya que participan en la construcción del proyecto.
Un ejemplo pionero es la cooperativa Trabensol en Torremocha (Madrid): 54 socios entraron con >65 años, autogestionando un centro residencial cooperativo. Para ser socio, debían hacer una aportación de capital (en Trabensol rondó 145.000€ por vivienda) y comprometerse a las normas comunitarias.
En general, cada cohousing define sus reglas: algunos exigen estar jubilado, otros no; muchos piden no tener dependencia severa al ingresar (porque no están medicalizados). Cuando hay vacantes, la cooperativa selecciona nuevos miembros (por ejemplo, entrevistan candidatos para asegurar que encajan en la vida comunitaria).
Tenencia: La forma jurídica más extendida es la cooperativa en cesión de uso. Esto significa que la cooperativa posee el inmueble y cada miembro tiene derecho de uso de su vivienda de por vida, pero no es propietario individual (no puede venderla o especular). Al entrar, se paga una cuota de ingreso (una aportación al capital social de la cooperativa) que se devuelve al salir, y luego una cuota mensual asequible que cubre gastos y servicios. Este modelo blinda el proyecto frente a la especulación inmobiliaria y mantiene las viviendas siempre en manos de la comunidad.
En España, las cuotas de entrada en cohousing de cesión de uso suelen ser relativamente bajas (5.000€–40.000€) gracias a ayudas públicas y financiación colectiva, y las mensuales entre 300€ y 700€. Sin embargo, también existen cohousing “privados” donde los socios aportan todo el coste de la vivienda (100.000–300.000€), asumiendo una inversión casi equiparable a comprar, con mensualidades de 900€–1500€ para cubrir servicios. Esto ocurre en algunos proyectos sénior de alto nivel, pero se acercan más a compra tradicional con gestión comunitaria.
En resumen, el modelo cooperativo puro (cesión de uso, sin ánimo de lucro) es mayoritario en cohousing senior español, aunque coexisten con iniciativas híbridas de cooperativas de propietarios (cada miembro escrituraría su vivienda pero compartiendo espacios mediante comunidad de propietarios). La figura de cesión de uso es la preferida por garantizar la vocación social del proyecto.
Gestión de la dependencia: El cohousing senior se concibe precisamente para afrontar el envejecimiento de sus miembros dentro de la comunidad. La idea es “cuidarnos unos a otros”: los residentes se apoyan mutuamente en tareas cotidianas, evitando la soledad y retrasando la necesidad de cuidados formales. Las comunidades suelen incluir espacios y servicios que facilitan la atención: enfermería o despacho médico dentro del complejo, habitaciones de invitados que pueden alojar cuidadores o familiares temporalmente, centralita de alarmas, etc.
Cuando alguno empieza a necesitar ayuda (p.ej. con la compra, movilidad), a menudo son los propios vecinos quienes organizan turnos de ayuda o contratan conjuntamente a un auxiliar para el grupo. Además, cada miembro sigue teniendo derecho a servicios públicos: pueden solicitar teleasistencia, ayuda a domicilio municipal o acudir a un centro de día externo sin problema (el vivir en cohousing no les excluye de la Ley de Dependencia). De hecho, muchas cooperativas firman convenios con el ayuntamiento para facilitar que sus socios reciban ayuda a domicilio en sus apartamentos llegado el caso.
La clave es que el cohousing no es una residencia medicalizada; no ofrece atención sanitaria compleja in situ, sino un entorno de apoyo comunitario. Por tanto, si un miembro desarrolla una condición de gran dependencia que supera lo que la comunidad y cuidadores externos pueden manejar con seguridad, podría necesitar traslado a un centro especializado (residencia de mayores o unidad de cuidados).
Algunas cooperativas estudian soluciones para esos casos, como reservar plazas en residencias cercanas o incluso integrar una pequeña unidad asistencial en el complejo, pero no es la norma. Lo habitual es que la persona permanezca en su cohousing todo el tiempo posible, contratando cuidados externos intensivos si hace falta, y solo si su estado es crítico se valora la alternativa institucional.
En cohousing intergeneracional, la presencia de vecinos más jóvenes puede ayudar a los mayores dependientes (por ejemplo, en Holanda hay cohousing donde estudiantes residen gratis a cambio de ayudar 30 horas mensuales a ancianos vecinos). Esto alivia la necesidad de traslado. En definitiva, el modelo gestiona la dependencia fomentando envejecimiento en casa con apoyo mutuo, y usando recursos sociosanitarios públicos suplementarios cuando se precisan.
Modelos empresariales vs cooperativos: Por definición, el cohousing senior es un movimiento cooperativo/autogestionado sin ánimo de lucro – los residentes son los promotores. No obstante, en España han emergido algunas iniciativas comerciales bajo la etiqueta “coliving senior” que simulan el cohousing pero son promovidas por empresas.
En estos casos, una empresa construye apartamentos con espacios comunes y ofrece a mayores alquilar allí habitaciones o estudios, con servicios incluidos (limpieza, actividades). Se trata en realidad de un producto privado: el operador mantiene la propiedad y cobra rentas; los residentes no toman decisiones de gestión.
Este coliving senior empresarial se asemeja más a un residencial con servicios tipo cohousing pero “llave en mano”. Un ejemplo es Mediterránea-Cohousing, consultora en Barcelona que ofrece viviendas compartidas con servicios gourmet, fisioterapia, yoga, etc., organizadas por la empresa (no por los mayores). La diferencia fundamental es quién controla y con qué fin: en el cohousing cooperativo, los mayores son dueños colectivos y toman decisiones democráticamente, priorizando la comunidad por encima del lucro.
En los modelos empresariales, es una inversión que busca rentabilidad (las cuotas suelen ser más altas) y los residentes son clientes con menos poder de decisión. Ambos fomentan convivencia, pero uno es autogestionado y el otro gestionado por terceros.
En España el movimiento cohousing senior está fuertemente ligado a cooperativas ciudadanas (ej. Jubilares, asociación que impulsa estos proyectos, o cooperativas como Trabensol, Profuturo, Convivir, etc.), mientras que el coliving senior empresarial es aún minoritario pero en crecimiento (promovido por empresas inmobiliarias viendo nicho en mayores que no desean comprar pero sí vivir en comunidad con servicios).
Las administraciones públicas comienzan a apoyar más al modelo cooperativo por su valor social (lucha contra la soledad, envejecimiento activo), por ejemplo cediendo suelo público para proyectos de cohousing en cesión de uso.
Compatibilidad con la Ley de Dependencia: Como se indicó, residir en cualquiera de estos modelos no impide recibir prestaciones públicas. Teleasistencia y ayuda a domicilio son servicios domiciliarios que puede solicitar cualquier mayor con grado de dependencia reconocido, viva donde viva (en su casa, en un piso tutelado o cohousing).
De hecho, varias comunidades autónomas integran la teleasistencia como servicio universal para mayores de cierta edad, por lo que muchos residentes de apartamentos con servicios o cohousing disponen del botón de alarma gratuito. Los centros de día públicos también suelen aceptar usuarios que vivan en estos entornos, siempre que cumplan criterios (tener alguna dependencia y plaza asignada). Lo único es que si la persona ya paga por servicios similares en su comunidad (p.ej. limpiezas, actividades), quizá no requiera solicitar los públicos hasta necesitar ayudas más específicas.
En resumen, son compatibles: la Ley de Dependencia no distingue el domicilio mientras no sea una plaza residencial subvencionada. Sí es cierto que, al ser modelos orientados a la autonomía, muchos residentes retrasan la solicitud de grado de dependencia hasta que realmente precisan ayuda significativa.
Propuestas para España (urbano, rural, costero): Dado el éxito de ciertos modelos internacionales, en España se plantean adaptaciones según el contexto geográfico:
- Entornos urbanos:Impulsar residencias colaborativas verticales en ciudades, aprovechando edificios existentes. Por ejemplo, replicar modelos holandeses de “serviceflats” en altura: bloques de pisos céntricos con zonas comunes (cafetería, enfermería, lavandería) y apartamentos adaptados, donde mayores autónomos vivan con seguridad y puedan recibir cuidados en su piso cuando los necesiten. Madrid ya estudia ceder suelo para cooperativas de vivienda senior en barrios urbanos, facilitando que los mayores no tengan que irse fuera de su comunidad. También se proponen fórmulas intergeneracionales en la ciudad: edificios donde la mitad de las viviendas sean para jóvenes/familias y la otra mitad para mayores, compartiendo guardería, comedor o azotea, de forma que se creen redes vecinales de apoyo mutuo (similar a experiencias de Holanda con estudiantes conviviendo con mayores, o Alemania con Mehrgenerationenhaus).
- Zonas rurales:Adaptar el cohousing senior para reutilizar pueblos semi-abandonados o construir eco-aldeas de retiro. En la España vaciada podría replicarse la idea danesa de “aldeas de cohousing” para mayores: pequeños núcleos donde varios jubilados se instalan, cultivan huertos, cooperan en cuidados, a la vez que revitalizan el pueblo. Esto requeriría apoyo público en infraestructuras (sanitarias, transporte). Una propuesta es crear una red de “pueblos amigables” donde ayuntamientos ofrezcan casas baratas a cooperativas de mayores a cambio de que repueblen y se integren allí. Por otro lado, en ámbito rural costero (ej. interior de Málaga, Alicante) ya existen comunidades de retirados extranjeros dispersas; organizarlas en senior resorts más integrados en la comunidad local (contratando personal local, abriendo actividades al pueblo) podría beneficiar a ambos.
- Zonas costeras turísticas:Seguir fomentando la conversión de urbanizaciones turísticas obsoletas en resorts de retiro para jubilados europeos. España tiene ventaja competitiva en clima y costo de vida. Se sugiere adaptar complejos hoteleros en desuso en la costa para senior living: por ejemplo, reconvertir antiguos aparthoteles en comunidades senior con servicios médicos básicos. Esto atraería residentes internacionales de alto poder adquisitivo (como ya pasa en Alfaz del Pi) y generaría empleo sociosanitario local. No obstante, también debe pensarse en el público español: crear centros resort más accesibles a jubilados españoles medios, quizá mediante colaboración público-privada (viviendas en alquiler asequible dentro de complejos en costa). Por ejemplo, la Xunta de Galicia ha propuesto proyectos de “aldeas modelo” para mayores en zonas costeras, y la iniciativa privada planea senior resorts urbanos en ciudades costeras (ej. Málaga, Valencia) para quienes quieren clima suave pero integrados en entorno urbano.
En conclusión, España está en proceso de diversificar sus opciones de vivienda para mayores, aprendiendo de los países pioneros. Los modelos cooperativos (vivienda colaborativa) aportan soluciones centradas en la comunidad y la ayuda mutua, muy adecuadas para un envejecimiento activo y solidario.
Los modelos empresariales (apartamentos con servicios, resorts) están empezando a aprovechar el potencial del “mercado senior” ofreciendo calidad y comodidad tipo hotelera. Ambos enfoques no son excluyentes: pueden coexistir y complementarse, proporcionando a las personas mayores un abanico más amplio de alternativas según sus preferencias, recursos económicos y grado de autonomía.