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La nueva Ley de Servicios Sociales de Andalucía incorpora la figura del mecenazgo

La nueva Ley de Servicios Sociales de Andalucía incorpora la figura del mecenazgo
martes 20 de diciembre de 2016, 18:15h
En igualdad de condiciones, la administración priorizará la colaboración con entidades de iniciativa social y entidades sin ánimo de lucro.
Además, la teleasistencia y las prestaciones ligadas a las situaciones de dependencia, se incluyen dentro de un catálogo de prestaciones garantizadas, que podrán exigirse ante los tribunales. La nueva norma prevé también la creación de un Mapa y de un Comité de Etica de Servicios Sociales.

El Pleno del Parlamento andaluz ha aprobado la nueva Ley de Servicios Sociales para esta Comunidad, que sustituye a la norma vigente desde 1998 y que incluye novedades como la historia social única digitalizada, la tarjeta social universal o la incorporación de la perspectiva deontológica en la prestación de los servicios y el impulso a la investigación mediante la creación de órganos específicos. La ley está estructurada en 141 artículos agrupados en seis títulos, seis disposiciones adicionales, tres transitorias, una derogatoria y tres finales.

El objetivo de esta nueva norma es hacer una administración más eficiente y eficaz y ofrecer una atención integral y coordinada a las personas que accedan al Sistema Público de Servicios Sociales. Además, pretende dotar de mayor transparencia a los servicios y prestaciones que se ofrecen y fomentar la cultura de calidad y seguridad en el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.

Así, se potenciará el sistema de los servicios sociales comunitarios de los ayuntamientos, lugar dónde se tramitan prestaciones como la dependencia, las medidas del Decreto de inclusión, el programa de ayuda a la contratación o suministros vitales básicos y las prestaciones de urgencia social.

Otra novedad es la regulación de las cláusulas sociales, que deberán tenerse en cuenta en las adjudicaciones de contratos de gestión de servicios incluidos en el catálogo de prestaciones, priorizándose la iniciativa social. También, se reconoce la 'Declaración de Interés Social para Andalucía' a entidades sin ánimo de lucro y se regula de forma especifica el concepto de atención a las urgencias y emergencias sociales.

Los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento; la teleasistencia; la atención en urgencia social; los servicios específicos de protección de menores en situaciones de riesgo o desamparo; las prestaciones económicas específicas y directas contra la exclusión y para la erradicación de la marginación y la desigualdad; la protección jurídica y social de personas con capacidad limitada, y las prestaciones ligadas a las situaciones de dependencia, la Ley las incluye dentro del catálogo de prestaciones garantizadas. Por lo que todos ellos podrán exigirse ante los tribunales de justicia. Además de éstos, habrá otras prestaciones condicionadas a la disponibilidad de recursos.

La oferta de este catálogo de prestaciones podrá hacerse bien a través de los Servicios Sociales Comunitarios o de los Especializados, aunque deberá diferenciarse. Según el texto de la ley, la consejería competente en materia de servicios sociales se reserva la gestión directa de los mismos y de las prestaciones de los servicios de valoración, orientación y asesoramiento, protección y adopción de menores, entre otros. Además, se elaborará un Plan Estratégico de Servicios Sociales con el fin de programar las prestaciones, servicios y programas necesarios para cumplir los objetivos del sistema andaluz.

Por otra parte, la norma recoge la creación de la historia social única, digitalizada y universal, una herramienta electrónica que permitirá mayor coordinación de los profesionales. También para una mejor gestión de los servicios, se crea la tarjeta social electrónica.

Mapa de Servicios Sociales

La ley distingue entre Zonas Básicas de Servicios Sociales -antes Zonas de Trabajo Social- y Áreas de Servicios Sociales, dependiendo del territorio donde actúan. Así, en la Zona Básica se estructuran las prestaciones y recursos de los Servicios Sociales Comunitarios y aquellos que por su complejidad y necesidad precisen una mayor cercanía a donde viven las personas. En cuanto al Área de Servicios Sociales, habrá al menos una por provincia e integrará las prestaciones y recursos de los Servicios Sociales Especializados.

Ambas zonas se ordenarán a través del Mapa de Servicios Sociales, un instrumento flexible que tendrá en cuenta criterios demográficos, geográficos, organizativos, de comunicaciones y sociales; y con el que se pretende conocer las necesidades sociales de Andalucía en cada momento, y favorecer la coordinación entre los recursos sociales y los sanitarios.

Mecenazgo de servicios sociales

La ley, por otra parte, establece que, en igualdad de condiciones, las administraciones públicas priorizarán la colaboración con entidades de iniciativa social como fundaciones, asociaciones, organizaciones de voluntariado y entidades sin ánimo de lucro, entre otras. Según el texto de la norma, se prohíbe a la iniciativa privada y social la posibilidad de crear centros o servicios reservados o que desempeñen funciones reservadas exclusivamente a la iniciativa pública.

El régimen del concierto social se establece como una modalidad diferenciada del concierto regulado por la normativa de contratación del sector público. El partenariado, patrocinio y mecenazgo en los servicios sociales son otras de las modalidades previstas.

Comité de Ética de Servicios Sociales

Por último la ley prevé la creación del Comité de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía, la elaboración de un código ético, y novedades en el ámbito de la investigación, incluyendo además el compromiso de desarrollar una estrategia que permita introducir los principios éticos en la provisión de los servicios sociales. Con esta finalidad, se crearán la Red Andaluza de Investigación de Políticas Sociales y la Red de Agentes del Conocimiento en Políticas Sociales.

El texto aprobado ha sido debatido por los agentes económicos y sociales, colectivos profesiones, entidades del tercer sector, y los grupos políticos. Durante su tramitación parlamentaria, se ha ampliado la cartera inicial de servicios garantizados como derechos subjetivos con la incorporación de la ayuda a domicilio, los equipos de tratamiento familiar, las situaciones de emergencia, el alojamiento alternativo y servicios relacionados con programas de drogodependencias, principalmente.
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