Dudas entre aplicar el convenio vigente de forma automática o esperar a que se hagan oficiales los datos económicos.
Una cláusula del VI Convenio Colectivo Marco de la Dependencia que se aplica a un gran número de residencias en España prevé una subida automática de salarios equivalente al IPC del año anterior siempre y cuando la economía crezca por encima del 2%.
Eso ya sucedió el año pasado, cuando la economía española creció en 2015 más de esta cantidad, pero como el IPC fue "cero" no hubo aumento en 2016 y los salarios quedaron congelados. Este año 2017, cumplida la primera premisa y de acuerdo con esa cláusula, la subida de los salarios debería ser del 1,6%, dato del IPC del año que acaba de terminar.
El problema está en que, teóricamente, hasta que se negocie otro convenio colectivo, se sigue aplicando de forma automática el antiguo, lo que se llama la ultraactividad del convenio, pero los departamentos de cuentas de las distintas empresas se debaten entre si se cumple la cláusula y es verdaderamente automática la subida salarial o si, por el contrario, todavía hay que esperar a que la comisión paritaria firme las tablas salariales.
Ahora, los responsables administrativos no saben si hay que esperar al mes de marzo a que el Instituto Nacional de Estadística publique los datos oficiales del crecimiento del PIB o si con la información que ya ha facilitado el Gobierno central hay suficiente para saber que el crecimiento ha superado el 2%.
Así que la situación es de máxima expectación, a la espera de que sindicatos y patronales del sector aclaren si se aplica la cláusula de forma automática o firmen en el seno de la comisión paritaria del Convenio unas tablas salariales que, en cualquier caso, se aplicarán con efecto 1 de enero.
De momento, la Asociación Catalana de Recursos Asistenciales ACRA, previendo lo que dice el convenio, ha hecho una actualización oficiosa de las últimas tablas salariales publicadas en 2014 aplicando un incremento de ese 1,6% y la ha difundido entre sus asociados diciendo que podrían pagar la subida especificando que lo hacen ‘a cuenta convenio’.
Algo muy parecido se ha informado desde Lares a sus asociados, destacando dos aspectos muy importantes. Por un lado que “hay partidas que nunca se han revisado, como es el plus de antigüedad, que se mantiene invariable desde el año 2000, cuando, en el II Convenio Estatal, que fue el primero en contener tablas salariales, se fijó en 3.000 pesetas”; y por otro que, “informalmente”, la parte sindical ha hecho saber que “su reivindicación salarial total para la firma de un nuevo Convenio estaría en el 2% para el 2017, aceptando el mantenimiento de la congelación salarial desde el año 2013”.
De esta forma, en Lares, recomiendan que se comience a “añadir o, al menos, a provisionar contablemente, un incremento del 1,6% sobre todas los conceptos retributivos del Convenio o, al menos, sobre el salario base y los conceptos derivados de él”.
En todo caso, apuntan, “como cantidades ‘a cuenta de convenio’, por lo que no se generarían derechos adquiridos en caso de que, al final, el nuevo texto no recogiese todo el incremento que ahora estamos previendo”.
Así pues, todos a la espera de que la Comisión Paritaria firme la subida de salarios de 2017.
Seguiremos informando.