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RESPUESTAS ANTE LA SUBIDA UN 6,5% DEL SUELDO DE LOS TRABAJADORES

¿Qué tiene que hacer la residencia en el momento que se publiquen las tablas salariales?

Un grupo de enfermeras.
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Un grupo de enfermeras. (Foto: Pixabay)
miércoles 09 de noviembre de 2022, 22:05h

El portal buscador de residencias Inforesidencias.com organizó recientemente un webinario que bajo el título 'Publicadas las tablas salariales: ¿y ahora qué?' se pretendía dar claves y respuestas a las preguntas que cualquier responsable de una residencia o un centro de día o una empresa de atención a domicilio debe conocer una vez se publiquen en el BOE estas tablas que contemplan un incremento del sueldo de los trabajadores de hasta el 6,5% con efectos desde el 1 de enero de 2022.

Antes de la exposición de los abogados, abría el webinario el director de Inforesidencias, Josep de Martí, que señalaba que se había organizado este evento "por una anormalidad, por una anomalía del sistema" y es que estamos en noviembre y todavía a día de hoy no se han publicado las tablas salariales del convenio colectivo marco de la dependencia, "que es el que regula las condiciones laborales económicas de aproximadamente el 80% de las residencias de España", apuntaba.

Insistió en que "es muy raro que en noviembre todavía no se hayan publicado las tablas salariales que regulan las nóminas o salarios de todo este año y eso quiere decir que lo que se va a publicar afecta desde enero a las residencias con el problema que ello puede suponer".

Así, Josep Maria Barcelona y Patricia Reinaldos, abogados ambos del Bufete Escura, lo primero que explicaron es que "efectivamente, todavía no se han publicado las tablas salariales, pero se espera que sea algo inminente".

Josep Maria Barcelona, que es abogado especialista en el sector geroasistencial, recordaba para contextualizar que "el VII Convenio está en ultractividad, pero lo que nos interesa a estos efectos es el tema de la revisión automática de los salarios según el IPC real del año anterior". "Pero esta cláusula solo se aplica si el PIB de España es superior al 2%, si no lo es, la claúsula de revisión automática de salarios no se aplica".

¿Qué pasa en 2022? Barcelona enumera los hechos y explica que se veía que se iba a superar de sobra el 2% del PIB de 2021 y que el IPC era del 6,5%. Con los datos en la mano, la parte sindical reclama ese incremento del 6,5, pero la parte patronal pide que se reactive la negociación del VIII Convenio Marco Estatal de ls Dependencia y aplicar las tablas que se pactasen en este nuevo convenio. También insistía en negociar el convenio para incluir aspectos de la nueva reforma laboral. La parte patronal argumentaba igualmente que el IPC promedio no había sido del 6,5% sino del 3,1%, algo que podía poner en peligro la viabilidad de algunos servicios sociales. Otro argumento era decir que había que aplicar el IPC de las pensiones, que es el IPC promedio en el mes de noviembre, que fue del 2,5%.

Por la parte sindical se decía, apunta Josep Maria Barcelona, que "es un 6,5 y es un 6,5 y si no, iremos a los tribunales, como de hecho hicieron". Hubo sentencia, ya conocida, y un recurso de casación de la FED y después otro de reposición, que, según Patricia Reinaldos, abogada laboralista, "esto no genera unos efectos suspensivos". ¿Qué quiere secir" "Pues que aunque se haya podido recurrir, la determinación sobre los nuevos incrementos de las tablas salariales se va a tener que aplicar".

El director de Inforesidencias, Josep de Martí; abogados ambos del Bufete Escura, Josep Maria Barcelona y Patricia Reinaldos, y el asesor de Integración Digital y nuevos proyectos de Inforesidencias.con Juan Pablo Correa, en el webinario 'Publicadas las tablas salariales: ¿y ahora qué?'.

En cualquier caso, varias preguntas útiles:

Todavía no se han publicado las tablas, ¿qué debe hacer ahora la empresa, esperar o no a la publicación?

Según Patricia Reinaldos, abogada laboralista, "esto es una dicotomía que vamos a dejar a las empresas para que actúen como consideren, ya que en puridad, podemos esperar a la publicación de las tablas. Otra cosa es que en previsión, puesto que se van a publicar de forma inminente, vayan haciendo este provisionado de fondos, hacer los cálculos de atrasos salariales y empezar a aplicarlos, incluso, en la nómina del mes de noviembre. Saber que una vez publicadas las tablas en el BOE, deberíamos hacer los abonos en el mes siguiente. Es decir, tenemos un mes para hacer efectivos los atrasos salariales.

Aquellas empresas que hayan ido provisionando o abonando a lo largo de este año un importe a cuenta convenio, dependiendo del importe que hayan asumido, habrá simplemente que abonar ese diferencial hasta el 6,5%. Abonar los incrementos es obligatorio. Si no se ha adelantado nada, los atrasos de las cotizaciones deben abonarse a la Seguridad Social integramente en una sola nómina. Es decir, un solo abono en Seguridad Social. Pero ello no implica que no podamos negociar con nuestros trabajadores el abono de estos incrementos de forma gradual y paulatina.

¿Si no se paga a la Seguridad Social?

"Si no se cumple en tiempo y forma con la Seguridad Social los atrasos en el plazo de un mes, puede venir con un recargo del 20%".

¿Y si no se paga a los trabajadores?

"Las sentencias son declarativas de derecho, es decir otorga el derecho a percibir unos incrementos salariales. Esto quiere decir que de forma individual o colectiva dentro de cada ámbito empresarial, los trabajadores podrán accionar contra nuestra empresa en reclamación de estas subidas. Básicamente, pueden poner una demanda de reclamación de cantidad por el incremento de estos salarios desde enero de 2022.

Hay que tener en cuenta que estas demandas pueden tardar hasta dos años en tener sentencia, pero después, a la hora de pagar (porque lo más probable es que la empresa pierda el caso) hay un recargo del 10% de intereses de demora".

¿A qué conceptos se aplica el incremento del 6,5%, solo al salario base?

Al salario base y a los complementos que se han establecido en las tablas salariales, por ejemplo la antigüedad, festivos, horas nocturnas... Todos estos conceptos incluidos en las tabñas llevan intríseca la subida del 6,5%

¿Qué pasa con los trabajadores que hayan prestado servicios para nosotros durante este año, pero, por el motivo que sea, han dejado de prestar servicios?

"Los trabajadores que hayan sido despedidos, han causado baja voluntaria, por una incapacidad permanente, jubilación, cualquier tipo de cese en nuestra empresa, también tienen derecho a percibir estos atrasos, es decir, también pueden reclamar contra la empresa aunque ya no trabajen para ella. Habrá que estar atentos a las reglas básicas de prescripción establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, que establece que una vez transcurrido el año, perderán los derechos a percibir estos incrementos".

¿Y si la empresa paga por encima de convenio?

"En principio, se podrían compensar y absorber los conceptos a cuenta de convenio, es decir, habría que ver cuál es el concepto por el que se paga por encima del convenio estos pluses o sobresueldos y analizar individualmente si es posible esta compensación. Se recomienda prudencia y cuando se quieran abonar por encima de convenio para retener talento, que sea en conceptos como mejras voluntarias absorbibles y compensables para que en casos como este, en el que vemos un incremento salarial importante, podamos aplicar la recla de la compensación y aborción.

Si no, puede ocurrir que de considerarse que ese plus forma parte del salario del trabajador, el incremento del 6,5% se calcula sobre la masa total".

¿Puede renunciar el trabajador a ese incremento?

"La regla básica dice que los derechos de los trabajadores son irrenunciables, ahora bien, siempre se pueden alcanzar acuerdos. Si estos están de acuerdo en aplicar subidas distintas, bien, pero hay que tener en cuenta que los mínimos establecidos en las tablas, los vamos a tener que cumplir, pero ojo con las cotizaciones a la Seguridad Social porque tiene que cuadrar el salario. Pero si hay trabajadores que no quieren reclamar desde enero de 2022 y están conformes con que se empiece a aplicar a partir de ahora, sin reclamar atrasos, es una posibilidad".

Josep Maria Barcelona y Patricia Reinaldos, abogados ambos del Bufete Escura. (foto: Bufete Escura)

¿Por qué en las tablas salariales, el salario para las limpiadoras es inferior al salario mínimo para 2022?

"Nosotros recomendamos siempre abonar el salario mínimo interprofesional y así no habrá problema ni discusión ni reclamaciones posteriores. Hay cuatro categorías profesionales en las que entendemos que erroneamente hay un salario inferior al SMI".

¿Podría salir una residencia del convenio e intentar llegar a un convenio pactado con los trabajadores?

"Los procesos para el descuelgue de un convenio colectivo son complicados, pero eso no quiere decir que sean imposibles. El Estatuto de los Trabajadores ya preveé sobre en qué conceptos podemos descolgarnos del convenio, que no son todos, pero las tablas salariales sí que podría ser una de ellas. Ahora bien, la empresa tendría que tener unos motivos organizativos, económicos, técnicos... que motiven este descuelgue".

¿Existe la posibilidad de cierre si los incrementos de 2022 se juntan con los de 2023 y no es viable para la empresa?

"Hay que hacer un estudio concreto. Uno tiene que hacer sus números internos y ver cómo le afecta estas subidas, que son del 6.5% ahora que puede ser del 9% en enero, ver cómo van a quedar mis cuentas y hacer una reestructuración de gastos a nivel laboral fundamentalmente, pero también de otros como el alquiler. Recomendamos hacer en la medida de lo posible una auditoría interna para ver todos los gastos que debemos asumir e incluso negociar estas subidas con los trabajadores.

Si la situación es realmente negativa, tenemos mecanismos para actuar ante estas situaciones, los da el Estatuto de los Trabajadores, y evitar el cierre empresrial. Pero no tenfo la percepción de que muchas residencias vayan a cerrar, no creo que sea una situación generalizada, pero sí hay algunas para las que puede ser la puntilla.

Encontrar residencias de mayores en la ciudad de Barcelona

Entiende Josep de Martí que una pregunta básica para entender de qué estamos hablando es cómo está la economía: "¿Está creciendo la economía de España? Es importante porque venimos de una época con el covid en la que la economía bajó casi un 10%, pero no era una bajada por una guerra o porque se hubiesen destruido los medios de producción, sino que bajó mucho el Producto Interior Bruto respecto al año anterior y después, al año siguiente, cuando se vuelve a medir como hemos estado con relación al año anterior, hemos subido un 4%".

Por lo tanto, para el director de Inforesidencias, "la idea es decir en global si estamos mejor o peor, esto es una de las claves de este conflicto".

Sindicatos y patronales

Por otra parte, Josep de Martí explicaba también que "no es que no se hayan publicado las tablas salariales por la desidia de alguien que no hizo las cosas. No, sindicatos y patronal han intentado jugar sus cartas cada uno dependiendo de sus intereses y esto ha llevado a la situación en la que estamos ahora".

"Todavía estamos aplicando un convenio que en teoría tenía que haber dejado de existir en el año 2018 pero sigue aplicándose porque todavía no se ha acabado de pactar el VIII Convenio Colectivo. Y otra cosa es que se mezclan los intereses empresariales y los de los sindicatos, que no hay un único sindicato, hay varios sindicatos aunque dos mayoritarios, y cada uno tiene un perfil", subrayaba, para añadir que "también dentro del mundo patronal hay varias asociaciones patronales y cada una también tiene su perfil".

Y hay una peculiaridad, además, y es que cuando se negoció el VII convenio colectivo, las patronales que representaban a los empresarios eran FED, Lares y AESTE. "CEAPs, que quizás ahora mismo sea la patronal que representa a más residencias de toda España a través de sus asociaciones autonómicas, no existía entonces, no estaba representada", apuntaba el director de Inforesidencias, que añadía: "Ahora sí está en la negociación del VIII convenio colectivo. Pero como ese todavía no se ha negociado y lo que estamos aplicando ahora es el séptimo en el que CEAPs no estaba, lo que vemos es que el protagonismo de lo que está sucediendo ahora lo tienen FED, Lares y AESTE".

Recuerda que la que ha llevado un poco el bastón, "la que he llevado la reivindicación y ha sido más activa y ha tomado más iniciativas en los tribunales ha sido FED, que ha tomado la posición más arriesgada de seguir litigando. Pero, ¿por qué se está litigando?".

¿Cuáles son los argumentos?

El Convenio Colectivo dice que habrá una subida del IPC sometida a unos requisitos económicos, pero "la gran discusión que tenemos ahora es si se habría dicho en 2015 exactamente lo mismo si se hubiese tenido en cuenta la subida de precios abrupta y bestial que se produciría en 2021 o la guerra posterio"r. "Estos son los argumentos jurídicos que tenemos y que hay detrás pero, al lado de los argumentos jurídicos, tenemos esa comisión paritaria qué es un órgano dónde tienen representantes sindicatos y empresarios y dónde tienen que interpretar las cosas y son los que tienen que aprobar las tablas salariales", ha dicho.

Se negocia el VIII Convenio Colectivo, pero la negociación está parada. hay muchos temas de discusión, hay temas salariales, la parte empresarial había ofrecido una subida del 15% repartida en varios años, pero hay un tema que no es exactamente de lo que estamos hablando ahora pero que está marcando mucho la negociación del octavo convenio colectivo y es el modelo de residencia. Cada vez más se habla de unidades de convivencia de modelo de atención con la atención centrada en la persona y esto supone que algunos trabajadores, como pasa en muchos otros países que aplican este modelo, no son exclusivamente gerocultor o exclusivamente limpieza o exclusivamente cocinero, sino que hay unos profesionales que tienen diferentes funciones porque viven en las unidades con los residentes y están apoyándolos en sus cuidados.

Desde la parte sindical quieren que haya una especialización. No quieren que la misma persona que cuida limpie también y para ellos esto es un tema de dignidad, de dignidad profesional y lo han puesto en un punto de negociación muy importante. Quieren luchar mucho por ello. Sii tendemos a una atención centrada en la persona como la tienen en otros países, como podía ser Suecia, Dinamarca o Noruega, hay que saber que eso de dividir tanto las funciones de cada persona no suelen hacerlo y esto es una de las cosas que se va a hablar.

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