La nueva normativa obliga a tener Planes de Igualdad en las empresas de más de 50 empleados. Eso incluye a las residencias, que es posible que muchas no conozcan toda la información necesaria para poner en marcha un plan de igualdad.
Por ello, el próximo 10 de junio Inforesidencias.com organiza un webinario sobre planes de Igualdad en el que se dará cumplido detalle de todo lo que hay que saber al respecto. Una de las ponentes de esta jornada es la directora de RRHH de Amavir, Marián Bautista, que nos aclara ya alguno de los conceptos básico:
¿Qué es un plan de igualdad?
Un plan de igualdad es un conjunto de medidas en distintos ámbitos que una organización se compromete a llevar a cabo, después de realizar un diagnóstico de situación, con el objetivo principal de alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando la discriminación por razón de sexo en el caso de que esta se produjera.
Pero el artículo 14 de la Constitución ya dice que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”…
Efectivamente, ese es un principio que marca nuestra Constitución, lo que ocurre es que, como pasa en otros ámbitos, se ha necesitado un desarrollo posterior para asegurar que se cumple. Porque la realidad es que, a pesar de todos los pasos que se han dado en los últimos años, no hemos alcanzado aún en nuestro país esa igualdad plena y es por eso que debemos seguir trabajando, tanto desde las administraciones como desde las empresas privadas.
¿Es obligatorio por Ley?
Hasta hace muy poco solo estaban obligadas las empresas de más de 150 personas en plantilla. Pero a partir del pasado mes de marzo entran dentro de la obligación las compañías de más de 100 personas en plantilla y, a partir de marzo del 2022, aquellas de más de 50 personas.
Pero las empresas no obligadas por ley pueden elaborarlo para fomentar la deseable igualdad entre hombres y mujeres, ¿no es así?
Así es, independientemente de la obligatoriedad de contar con un Plan de Igualdad, aquellas compañías que de forma voluntaria quieran tenerlo deberán de registrarlo en el REGCON 15 días después de su firma para que adquiera validez.
¿Por qué es necesario tener un plan de igualdad?
Más allá de la propia obligatoriedad, tener un Plan de Igualdad te ayuda a evolucionar como compañía, ya que te hace parar y revisar determinados aspectos del funcionamiento del día a día que se pueden mejorar, no solo para acabar con posibles desigualdades, sino también para ser conscientes de la evolución de la sociedad y por ende de las compañías en cuanto a la gestión de personas se refiere.
En el caso concreto de las residencias, es importante porque te ayuda a conocer en qué aspectos debemos de centrarnos para mejorar el día a día de las personas que forman parte de las plantillas.
¿Cuál es su principal ventaja?
Una de ellas, muy importante, es el trabajo en equipo que se realiza entre la representación sindical y la empresa. Es cierto que ambas partes deben estar en disposición de escuchar determinados planteamientos que en un momento concreto pueden no ser del todo viables, pero que si se trabajan de forma conjunta se pueden mejorar
¿En qué va a mejorar más una residencia con un plan de igualdad?
En poner en valor y de forma ordenada todas aquellas medidas que afectan a diferentes departamentos y que se llevan a cabo de forma habitual pero que nunca han quedado reflejadas y/o recogidas en ningún documento escrito.
¿Contempla esta ley un régimen sancionador? ¿Me pueden multar si no tengo un plan de igualdad o lo tengo y no lo cumplo?
No cumplir con las obligaciones que en materia de igualdad están establecidas en el Estatuto de los Trabajadores o en el convenio colectivo puede dar lugar a sanciones económicas con multas entre 626 y 6.250 euros en caso de considerarse grave o de entre 6.251 y 187.515 euros en caso de considerarse muy graves.
Y no sólo se pueden imponer sanciones económicas, sino que el incumplimiento del Plan también puede tener otras consecuencias negativas para la empresa, como por ejemplo la pérdida de cualquier ayuda, subvención o bonificación relacionada con programas de creación de empleo o incluso la prohibición de acceder a cualquiera de estas ayudas en un plazo mínimo de 6 meses.
En el webinario, Marian Bautista explicará el plan de igualdad de Amavir, cómo fue la creación e implantación del Plan de Igualdad, por qué realizar un plan de estas características, cuáles son los pasos para realizar un Plan de Igualdad y qué implicaciones tiene implantar un Plan de Igualdad en una organización como Amavir. Dará luz sobre dónde esta Amavir ahora en su Plan de igualdad y cuáles son los próximos pasos.
Igualmente, aportará su visión la responsable de Igualdad en Criteria RRHH, Mada Castellanos, que desarrollará los conceptos teóricos de un Plan de igualdad, hablará de la igualdad de genero en el contexto de las residencias, por qué necesitamos un plan, la historia de los Planes de igualdad desde 2007 hasta hoy o las novedades recientes: 9001 / 9002.