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El BOE apuesta por la cualificación de los profesionales en el sector sociosanitario

El BOE apuesta por la cualificación de los profesionales en el sector sociosanitario
jueves 11 de enero de 2018, 02:24h
La nueva normativa vigente seguirá exigiendo el certificado de profesionalidad a los que quieran trabajar en el sector.

En el BOE publicado el pasado 30 de diciembre de 2017 entra en vigor la resolución del 11 de diciembre del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, donde se ha modificado parcialmente el acuerdo del 27 de noviembre de 2008 sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Con la nueva normativa vigente se seguirá exigiendo el certificado de profesionalidad a todos los profesionales que quieran trabajar en el sector sociosanitario e igualmente las residencias y centros sociosanitarios no contratarán a nuevos profesionales que no posean la cualificación profesional establecida.

Por otro lado, y para hacer frente a la estabilidad del empleo de los profesionales con experiencia demostrada, que a fecha 31 de diciembre de 2017, no hubieran podido formarse o acreditar su experiencia tendrán un mayor plazo para poder habilitarse sin ser despedidos gracias a la habilitación excepcional o provisional. Con dicha resolución, se garantiza por tanto, el empleo de los profesionales y, así mismo, se permite continuar con la atención de los profesionales a las personas en situación en dependencia evitando que queden desatendidas.

Aunque los trabajadores con experiencia tienen un mayor plazo para acreditarse por la vía no formal sigue siendo la vía formal, es decir, obtener el Certificado de Profesionalidad en Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, la habilitación más rápida y segura para continuar trabajando en el sector sociosanitario.

Gracias a la formación de SUPER Cuidadores, entidad oficial acreditada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en menos de 6 meses se pueden realizar las 370 horas de formación y las 80 horas de prácticas profesionales que contienen dicho certificado oficial.

Por último, cabe señalar que las personas que cumplan con los requisitos estipulados por el BOE y opten por acreditar su experiencia profesional por la vía no formal, es decir la habilitación excepcional o provisional deberán presentar la solicitud de la habilitación a la Comunidad Autónoma donde éste ubicada la empresa donde haya prestado sus últimos servicios. Para ello, las Comunidades Autónomas deberán haber aprobado y publicado la correspondiente normativa que regule esta situación, de acuerdo con lo establecido en la publicación del BOE.

La vía no formal para la acreditación de las competencias profesionales es una vía menos segura y, conlleva un proceso largo y tedioso.

Además, aunque se haya presentado la solicitud de habilitación, no se garantiza que ésta se apruebe, pero las personas que superen este proceso obtendrán una acreditación que estará sujeta a aquello que determine la comisión de evaluación de la convocatoria.

Más información en http://cuidadores.unir.net o en el 915 674 472.

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