En esta ocasión el autor del caso práctico es José Luis Monserrat, director de Residencial Palau. Agradecemos mucho a José Luis su colaboración.
En la residencia Las Marismas, de la que por cierto eres la directora, hay un conflicto que ha desencadenado una alteración de la convivencia en la residencia.
La situación se había ido deteriorando poco a poco, aunque nadie en el centro podía decir que hubiera sido inesperada. Un residente acumulaba ya varios episodios de malas contestaciones, amenazas e intimidaciones hacia distintos profesionales. No se trataba de una persona con deterioro cognitivo ni de un episodio aislado mal interpretado. El problema era de convivencia, de límites y, con el tiempo, también de seguridad.
Como en tantas otras ocasiones, el equipo intentó reconducir la situación antes de que fuera a más. Se habló con el residente, se registraron los incidentes, se informó a la familia, se reforzó el seguimiento desde dirección y se recordó la necesidad de respetar unas normas mínimas de convivencia. Pero nada terminó de funcionar.
Un día, la tensión estalló.
La agresión a una trabajadora fue lo bastante grave como para requerir asistencia médica inmediata. Después vino la baja laboral durante meses.
El impacto en el equipo fue profundo. No solo por la gravedad de lo ocurrido, sino porque muchos profesionales dejaron de ver el caso como un conflicto concreto y empezaron a verlo como una amenaza que podía repetirse.
El asunto acabó en los tribunales. La resolución judicial fue clara y con la prueba irrefutable de lo sucedido gracias a una grabación en video, no dejaba dudas: orden de alejamiento del residente respecto a la trabajadora agredida.
Sobre el papel, parecía que por fin había una respuesta. Pero la dificultad real comenzó justo entonces. Y ha llegado hasta hoy.
Porque el residente ocupa una plaza pública de conierto. La residencia es su domicilio, sí, pero su permanencia en ese recurso no depende directamente del centro. La gestión de esas plazas corresponde a la administración. La dirección puede informar, elevar incidencias, solicitar revisión del caso, pedir un traslado o advertir de la imposibilidad práctica de sostener la situación. Pero no puede, por sí sola, decidir que ese residente deje de vivir allí por su conducta.
Y, al mismo tiempo, la trabajadora tiene derecho a reincorporarse a su puesto cuando reciba el alta, además de contar con una resolución judicial favorable que obliga a protegerla.
Ahí aparece la verdadera pregunta: Si el centro no puede expulsar al residente, pero tampoco puede desproteger a la trabajadora, ¿cómo debe actuar?
En el equipo empiezan a aflorar posturas distintas. Algunos lo expresan con contundencia: “No puede volver a pasar. Si una sentencia no cambia nada, ¿qué mensaje estamos dando?”. Otros ponen el foco en los límites reales del centro: “La dirección no puede hacer más de lo que legalmente puede hacer. No depende de nosotros sacarlo”.
La familia del residente resta gravedad a lo sucedido y pide que no se dramatice. Insiste en que no hay otro recurso disponible, que un traslado sería traumático y que la residencia no puede “abandonarlo”.
Desde la administración, en cambio, la respuesta no es inmediata. Se solicita información, se revisa el expediente, se piden informes complementarios. Pero el residente sigue allí. La plaza sigue ocupada. Y el problema sigue siendo del centro, al menos de momento.
Mientras tanto, dirección estudia alternativas que ninguna termina de resolver del todo la situación:
El dilema deja entonces de ser solo jurídico o laboral. Pasa a ser también institucional. Porque una cosa es defender que la residencia es el hogar de la persona mayor y otra muy distinta es hacerlo cuando ese hogar se convierte, para parte del equipo, en un espacio de riesgo.
Pero también resulta incómodo aceptar que la seguridad de los trabajadores dependa de una decisión administrativa que puede tardar semanas o meses, mientras el centro asume solo las consecuencias inmediatas.
Como director, sabes que no puedes resolver el conflicto con un gesto tajante. No puedes cerrar una puerta y dar el problema por terminado. Tu margen de actuación es más estrecho de lo que el equipo cree, y probablemente más amplio de lo que la administración asume.
Y, sin embargo, alguien tendrá que tomar decisiones desde ya. Aunque ninguna sea completa, limpia o dependa del todo de ti.
Porque cuando una plaza pública, una orden judicial y un derecho laboral coinciden en el mismo pasillo, la pregunta ya no es solo quién tiene razón. La pregunta es quién carga, mientras tanto, con la imposibilidad de hacerlas compatibles.
¿Qué harías tú?