En la residencia Las Marismas, de la que, por cierto, eres directora, convivís con muchas formas de ser mayor. Una de las más reconocibles es la de Aurelio, de 90 años, viudo desde hace una década, con un hijo que lo visita cada semana y dos nietas que le mandan audios por WhatsApp desde Alemania. Tiene un cuerpo castigado por años de trabajo en la construcción y una mente que, aunque más lenta, sigue siendo nítida, orgullosa y clara.
—Me cuesta más levantarme de la silla, sí —dice—, pero las tonterías las sigo detectando al vuelo.
Aurelio lleva ya más de tres años en Las Marismas. Siempre ha dormido en cama baja, sin barandillas. Lo pidió expresamente cuando ingresó. Dijo que no soportaba “sentirse encajonado”. Desde entonces, ha sido un residente participativo, autónomo para muchas cosas, con sentido del humor y una forma muy suya de reclamar atención: directa, irónica, pero sin malicia.
Hace unas semanas, por primera vez, se cayó por la noche. Quiso ir al baño sin avisar y perdió el equilibrio. Lo encontraron en el suelo, dolorido pero consciente. Un hematoma en la pierna, control de daños y vigilancia posterior. Se le explicó la importancia de avisar, de usar el timbre, pero su respuesta fue:
—A las tres de la mañana no quiero molestar. Si me quiero levantar, me levanto.
Dos semanas más tarde, volvió a pasar. Esta vez, con un golpe en el hombro que todavía arrastra. El médico del centro recomendó instalar barandillas o, como mínimo, una alarma de movimiento para prevenir futuras caídas. Tú le llamaste a dirección para hablarlo, con tacto.
—Aurelio, estamos preocupados. No podemos permitir que te hagas daño. ¿Qué te parecería que pusiéramos unas barandillas por la noche?
Y él, con la mirada fija, sin dudar:
—No. No quiero. Duermo de lado. Me muevo. No soy ganado para meterme entre barrotes. Ya me encerraron bastante en la mili.
Insististe, le mostraste opciones, le enseñaste una cama adaptada. Nada.
—Si me tengo que caer, me caigo. Pero prefiero caerme libre que estar atado dormido.
Ante su negativa, decidiste llamar al hijo. Vino esa misma tarde, visiblemente preocupado. Escuchó al equipo, miró a su padre y dijo que firmaba. Que autorizaba el uso de barandillas, “por seguridad”. Argumentó que su padre no era el de antes, que estaba más terco, más testarudo. Firmó el consentimiento y se marchó. No habló directamente con Aurelio del tema.
Esa misma noche, cuando la auxiliar entró a colocar las barandillas, Aurelio se incorporó en la cama:
—¿Quién ha dicho que pongáis eso? ¿Mi hijo? Él no duerme aquí. ¿Y mi opinión qué? ¿Ya no cuenta porque soy viejo?
Tú lo supiste al día siguiente, cuando la supervisora te informó. Convocaste una reunión del equipo. La médica señaló que no se puede imponer una sujeción si el residente está capacitado y se opone. La trabajadora social recordó que el hijo es tutor solo en cuestiones administrativas, no en salud. La auxiliar dijo que no podía asumir la responsabilidad de dejarlo sin protección y que, si se caía otra vez, ella no quería ser la culpable.
El equipo está dividido. Algunos piensan que hay que respetar lo que dice Aurelio: que prefiere vivir con el riesgo de caerse antes que dormir contenido. Otros piensan que, si ocurre una caída grave, no valdrá haber respetado su voluntad.
Y tú, como directora, sabes que estas decisiones no se toman con reglamentos ni protocolos cerrados. Se toman con personas. Con historia. Con matices. Y te enfrentas a la pregunta que nadie quiere responder con rapidez:
¿Qué pesa más: la dignidad de dormir como uno quiere o la protección contra el daño?
Esa noche, la enfermera de guardia te escribe un mensaje: "Aurelio está inquieto. Se levanta mucho. ¿Qué hacemos con las barandillas?".
Respuesta del experto
Dr. José Pascual Bueno, presidente de la Asociación Dignitas Vitae y director del Programa No Sujetes

Se nos presenta un caso habitual de toma de decisiones en la residencia. El dilema entre autonomía y seguridad en residencias es un clásico. Para tomar una buena opción debemos estar cualificados y formados para que las decisiones que vayamos a tomar sean las más acertadas posible. Hablo desde un punto de vista subjetivo, pues la realidad no suele coincidir con estos casos plasmados en papel. El caso es muy habitual, pero todos sabemos que cada persona es un mundo y lo que apliquemos a unos no tiene por qué funcionar en otros.
A estas alturas, segundo semestre de 2025, los equipos profesionales de las residencias ya deberían, por sí solos, poder tomar decisiones en casos como estos. Desde el punto de vista teórico son muy claros, aunque la parte práctica no lo sea. Digo esto porque desde ya hace varios años se nos está informando sobre los cambios que se van produciendo a nivel normativo autonómico respecto a las sujeciones incluidos en las diversas Leyes de Servicios Sociales.
En España no hay una ley estatal única que regule de la misma forma el uso de las contenciones. Lo que sí hay son varias normas importantes que hay que tener en cuenta, como las que protegen los derechos fundamentales y los principios éticos en la asistencia, sobre todo el tema de que la persona participe en las decisiones. Todo esto tiene fuerza porque está respaldado por la ley, por sentencias recientes y por recomendaciones del Comité de Bioética de España (informe del 7 de junio de 2016) y de la Fiscalía General del Estado (Instrucción 1/2022, de 19 de enero).
A nivel profesional, seguir estas recomendaciones es fundamental porque marcan lo que se entiende por buena práctica clínica. Si no se cumplen, tanto los sanitarios como los equipos directivos pueden acabar teniendo problemas legales por no seguir los estándares que se esperan. Hay otros documentos que podemos considerar claves, como el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (Resolución del 28 de julio de 2022), que habla de la acreditación y calidad de los centros, y menciona la atención sin sujeciones. También está el documento técnico-científico Cuidados sin Sujeciones 2023 de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología.
Como decía anteriormente, no tenemos excusa para tener algo más que sensibilidad hacia estos temas. Ya es hora de pasar esta fase y adquirir conocimientos. Estamos hablando de SUJECIONES, un tema que limita y coarta derechos fundamentales.
Desde el punto de vista práctico, es un tema que cuesta, ya que es un cambio cultural que conlleva una forma distinta de hacer las cosas y muchos cambios en la organización de los centros, pero que es necesario que todo el mundo domine y, sobre todo, los profesionales que nos dedicamos a CUIDAR. Es verdad que muchos profesionales quieren cuidar sin utilizar sujeciones ¿cómo hacerlo? FORMÁNDOSE por sí mismos o contando con el apoyo de diferentes organizaciones con prestigio y con experiencia real en el tema. No es excusa el coste económico, pues algunas organizaciones y muy buenas lo hacen por medio de crédito formativo de la empresa (el coste directo para el trabajador y la empresa puede ser casi nulo). Además, nunca os arrepentiréis de formaros como profesionales y como personas en el sector de los Cuidados.
Metiéndonos en el caso que nos ocupa, la clave está en el principio de autonomía del paciente. Si Aurelio está cognitivamente capacitado, su voluntad debe ser prioritaria. Colocar una sujeción mecánica, como una barandilla, no es la solución ni la medida a adoptar. La sujeción, aunque pensemos que es “por su bien”, solo se justifica de forma urgente, temporal, excepcional, con criterios de proporcionalidad y tras fracaso de otras medidas preventivas.
Debemos tener claro que el riesgo de caídas no es una indicación de sujeción. Las barandillas, aunque parezcan inofensivas, son una forma de restricción muchas veces muy peligrosa y, si se imponen contra su voluntad, es una vulneración de derechos fundamentales.
El hijo no puede decidir. Y el consentimiento informado debe ser del propio residente, no de familiares, salvo incapacidad legalmente reconocida. Si fuera el caso y se tuviera que pedir el consentimiento informado, se recomienda que sea por “representación” (no es lo mismo decidir lo que a mí me parezca que decidir que hubiera decidido la persona a la que represento). El equipo, por supuesto, siente la presión de “protegerse” legalmente, pero la responsabilidad profesional es acompañar, informar y documentar bien el proceso de toma de decisiones, no imponer por miedo a consecuencias. Hay que recordar que el consentimiento informado es un documento de protección del usuario y no de protección del centro.
¿Qué hacer? Posibles acciones y consideraciones:
Plan individual y general de actuación con diversas medidas preventivas que hagan innecesario el uso de las sujeciones.
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Reevaluación de Aurelio.
Analizar por qué Aurelio está más inquieto y se levanta más.
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Comunicación y diálogo abierto con Aurelio. Compartir las acciones a realizar con su hijo si Aurelio lo desea.
Es imprescindible sentarse a hablar con Aurelio de manera empática y respetuosa, transmitiéndole que él es el centro de la atención.
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Conocer medidas preventivas a las sujeciones físicas que podrían plantearse en este caso.
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Alarma de movimiento.
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Sensores de cama o de presión.
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Saber cuándo está indicada el uso de una cama de cuota cero o muy baja.
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Colchonetas antifatiga en el suelo.
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Optimización del entorno.
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Revisiones de medicación.
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Evaluar la posibilidad de aumentar la vigilancia o rondas nocturnas.
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Actividad física y terapia ocupacional.
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Informar al hijo y explicarle que la decisión final recae en Aurelio.
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Documentar todas las actuaciones.
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Formación y apoyo al equipo.
En resumen, la prioridad debe ser el respeto a la autonomía de Aurelio. La imposición de sujeciones contra la voluntad de una persona capaz es una vulneración de sus derechos. La residencia debe explorar todas las medidas preventivas posibles para garantizar la seguridad de Aurelio sin recurrir a sujeciones físicas, al mismo tiempo que mantiene una comunicación abierta y honesta con él y su familia.
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