Destaca la ausencia de un desarrollo normativo que concrete los requisitos de acceso y acreditación.
El Tribunal de Cuentas ha hecho público el informe de Fiscalización sobre la gestión y control de los servicios prestados por el IMSERSO en 2014, tras enviarlo a las Cortes Generales para su aprobación. El informe recoge las alegaciones presentadas por el Imserso al Anteproyecto enviado por dicho Tribunal en el mes de mayo, al Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; a la actual Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y al ex Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad (hasta 7 de marzo de 2014), sin que estos últimos presentaran alegaciones.
Esta fiscalización ha tenido, entre sus objetivos, el análisis de los procedimientos de adjudicación utilizados en la contratación administrativa celebrada para la prestación de estos servicios sociales; los conciertos y convenios de colaboración formalizados con entidades públicas y privadas en materia de servicios sociales; así como de los procedimientos de gestión, seguimiento y control implantados por el IMSERSO.
El informe del Tribunal de Cuentas destaca la ausencia de un desarrollo normativo completo en el que se concreten de forma específica, entre otras cuestiones, los requisitos de acceso y su forma de acreditación, ya que las disposiciones actualmente vigentes se limitan a recoger el objeto de estos servicios sociales así como la entidad gestora competente para su ejecución.
Así, la gestión del Plan Estatal de Vacaciones para Mayores (PEVM) y el Programa Estatal de Termalismo para Mayores (PETM), la prestación de los servicios de teleasistencia y ayuda domiciliaria básica para personas mayores, y la reserva y ocupación de plazas en centros asistenciales para personas mayores en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, se lleva a cabo mediante contratación administrativa.
El PEVM a través de un expediente de contratación administrativa adjudicado mediante procedimiento abierto, desde su implantación en el año 1985 ha sido adjudicado a las mismas empresas del sector turístico, agrupadas, en los últimos años, bajo la forma de Unión Temporal de Empresas (UTE).
Precisamente ayer mismo se conoció la multa que la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha impuesto a Halcón Viajes 1,21 millones de euros y otra de 619.500 millones de euros a Viajes Barceló, por mantener sus practicas anticompetitivas en los viajes del Imserso. Ambas empresas fueron adjudicatarias de los viajes del IMSERSO desde la temporada 1995/1996, primero como parte de la AIE Mundosocial, y a partir de la temporada 1998/1999 por su sustituta, la Unión Temporal de Empresas (UTE), siendo hasta la temporada 2015/1016 en la que entró Mundiplan, la única licitadora al concurso público a partir de ese año, salvo en tres ejercicios.
Además, el Tribunal de Cuentas, al analizar los expedientes tramitados para la contratación de los servicios incluidos en este Programa, ha observado, otras incidencias como que el pliego de cláusulas administrativas particulares que rigió la contratación de estos servicios no exigió a las empresas licitadoras encontrarse debidamente clasificadas y, además, no estipuló unos requisitos mínimos que acreditasen la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional de las empresas licitadoras, por lo que la acreditación de esta solvencia por el órgano de contratación ha sido realizada de un modo subjetivo.
No se han publicado en el BOE la formalización de los contratos por importe igual o superior a 100.000 euros, ni las prórrogas de estos contratos -en este caso, tampoco fueron publicados en el perfil del contratante- lo que, si bien no contraviene la legalidad, resulta aconsejable en aras de garantizar el cumplimiento de los principios de publicidad y transparencia de los procedimientos de contratación promulgados en la Ley de Contratos del Sector Público.
Y tampoco se ha procedido a la comunicación a la Comisión Europea, para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, de la adjudicación de aquellos contratos de cuantía igual o superior a 193.000 euros, contrariamente a lo establecido en la citada Ley.
A pesar de que por estos dos últimos puntos el Tribunal había recomendado su cumplimiento al IMSERSO, al igual que adoptar un protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
Por otra parte, y al igual que en el Programa Estatal de Vacaciones para Mayores, en el de Termalismo, la capacidad económica de sus beneficiarios constituye una de las variables recogidas en el baremo establecido para tener acceso al mismo. Sin embargo, dicha capacidad económica no se toma en consideración para calcular la financiación a aportar por aquellos, ya que todos abonan la misma cantidad económica con independencia de su poder adquisitivo.
En cuanto a la labor de control del IMSERSO, el Tribunal señala que tras analizar las bases que le remitió la entidad, “no queda debidamente acreditado que el IMSERSO proceda a realizar comprobaciones y verificaciones exhaustivas sobre la información que, en soporte informático, le remite la empresa adjudicataria, validando, con carácter general, la información sobre los usuarios que figura en las facturas presentadas por aquella”.
Otra de las incidencias detectadas por el Tribunal de Cuentas en relación al Programa Estatal de Vacaciones para Mayores, y por lo que se refiere a uno de los objetivos de este Programa -generar y mantener el empleo en el sector turístico durante la temporada baja- cuyo seguimiento y control corresponde a las Comisiones Especiales creadas por el Consejo General del IMSERSO, el Informe señala que dichas Comisiones no se reunieron con la periodicidad ni con la composición requerida legalmente, limitando, en consecuencia, el seguimiento y control de este objetivo en la temporada 2013/2014.
Además, la información remitida por los hoteles participantes en dicho Programa a estas
Comisiones no recoge la identificación de las personas contratadas, limitándose a la remisión de un modelo donde se comunica el total de trabajadores contratados, por lo que no se ha podido comprobar la veracidad de la información relativa a estas contrataciones mediante su contraste con la información obrante en la Tesorería General de la Seguridad Social, dificultando con ello la verificación del cumplimiento de dicho objetivo.
Por ello el Tribunal de Cuentas, recomienda al Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad “la conveniencia de efectuar un desarrollo normativo específico del Programa Estatal de Vacaciones para Mayores, así como actualizar los procedimientos de reserva y ocupación de plazas de centros residenciales. Además de analizar, a iniciativa propia o bien en coordinación con las Comunidades Autónomas con competencias en materia sanitaria, la posibilidad de elaborar estudios tendentes a la evaluación del impacto que los programas de termalismo para mayores tienen sobre la salud y mejora en la calidad de vida de las personas participantes en los mismos”.
Formulando al IMSERSO entre otras, las siguientes recomendaciones: En el caso de los Programas Estatales de Vacaciones y de Termalismo para Mayores, el Tribunal recomienda analizar la posibilidad de implantar medidas para facilitar la participación en ambos programas de aquellas personas que pudieran renunciar a presentar la correspondiente solicitud por no tener capacidad económica para abonar el importe correspondiente.
En relación al Programa Estatal de Vacaciones para Mayores, se propone contemplar la posibilidad de requerir a los hoteles participantes en este programa la identificación personalizada de las contrataciones efectuadas en cada una de las temporadas. Asimismo, el Tribunal recomienda al Instituto que determine, con mayor precisión, el régimen especial de penalizaciones aplicable en la contratación de los servicios de organización, gestión y ejecución del Programa.
Y en el caso del Programa Estatal de Termalismo, el Informe señala que el IMSERSO debería analizar la posibilidad de articular un acuerdo marco para la organización, desarrollo y ejecución de este programa, según lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Por su parte, el IMSERSO ha señalado en un comunicado que en 2014 redactó unos nuevos Pliegos de contratación en los que se corregían algunos aspectos, como requisitos o penalidades. (Ver aquí comunicado completo)