El Gobierno de Navarra, ha elaborado un anteproyecto de Ley Foral para regular los conciertos sociales con entidades sin ánimo de lucro en los ámbitos de salud y de los servicios sociales en la Comunidad foral, como vía alternativa a la contratación de servicios.
Se trata de abrir nuevas vías de colaboración entre la administración pública y la sociedad civil y de reconocer la aportación de recursos y la experiencia acreditada en la atención a las personas, que las entidades sin ánimo de lucro vienen realizando tanto al sistema de servicios sociales como al sistema sanitario.
La nueva Ley, según ha explicado el vicepresidente de Derechos Sociales, “trata de ser una alternativa al habitual sistema de subvenciones públicas, ofreciendo a las entidades sociales un modelo de relación más estable y más garantista en torno a servicios y programas que ahora vienen desarrollando por esta vía”.
El anteproyecto de Ley Foral articula un régimen específico para posibilitar la gestión indirecta de servicios sociales, sanitarios y sociosanitarios, a través de conciertos sociales y, por tanto, al margen de la regulación sobre contratación pública con empresas mercantiles, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro capacitadas para prestar los servicios sin incremento de costes respecto a otras formas de gestión.
Delimitando también los casos en los que estos conciertos sociales pueden suscribirse y definiendo las características que han de cumplir las entidades para ser consideradas entidades sociales sin ánimo de lucro y poder acogerse a los conciertos. Se trata de evitar de esta forma posibles desviaciones en la correcta utilización de esta fórmula.
Esta opción de gestión en ningún caso podrá plantearse como una vía para la privatización de la gestión de servicios públicos, ni para paralizar procesos de reversión a lo público de servicios privatizados.
Entre los principios que establece la nueva Ley Foral a los que deberán atenerse los conciertos a suscribir, señalar que: La prestación de servicios a través de conciertos tendrá la consideración de prestación de servicios públicos, debiendo respetar las entidades prestadoras todos los derechos de las personas usuarias de dichos servicios; la calidad del servicio para todas las personas usuarias, dando una atención integral y continuada, será el determinante principal para la selección de las entidades que presten los servicios; rigiendo también los principios de transparencia, publicidad e igualdad de oportunidades y no discriminación de las entidades que opten al concierto; y el compromiso por parte de las entidades concertadas de no beneficiarse de tal condición para aplicar una política de precios inferior al promedio del mercado, alterando con ello la competencia.
Además de la participación efectiva de la ciudadanía usuaria en la prestación y evaluación de los servicios, siempre que sea posible en virtud del objeto del concierto; la obligación de fijar el precio del concierto sin prever beneficio empresarial y en caso de obtenerlo reinvertirlo en la mejora de la prestación del servicio al usuario; así como la reducción de las diferencias retributivas y de jornada que pudieran existir entre el personal de las entidades que concierten y las del personal de la categoría profesional correspondiente de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
El anteproyecto, se encuentra publicado en la web de Gobierno Abierto de Navarra para posibles aportaciones de la ciudadanía y entidades, que se podrán efectuar hasta el próximo 10 de mayo.