Salud

Más de tres millones de euros para personas con diversidad funcional en Valencia

Miércoles 01 de febrero de 2017
Los beneficiarios de esta subvención son las organizaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro.

La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha publicado la resolución por la que se convocan las subvenciones para el desarrollo de programas y servicios de promoción de autonomía de personas con diversidad funcional para el año 2017.

Podrán ser objeto de subvención los Programas de convivencia, promoción de ocio y tiempo libre; los de cooperación social; los Programas y servicios de intervención para la prevención e inserción social y los de respiro familiar; de apoyo y atención sociosanitaria; de empleo con apoyo; de fomento de la vida independiente; de colaboración y dinamización de entidades tutelares, y servicios para la promoción de la autonomía personal de personas con capacidad limitada judicialmente; de terapia asistida con animales de compañía y otros programas de innovación social; de actividades formativas, especialmente de fomento de la alfabetización digital y el uso de las nuevas tecnologías por las personas con diversidad funcional; Planes de actuación para realizar actividades de investigación social en relación con las personas con diversidad funcional; y Campañas de sensibilización y difusión de la realidad que presenta el sector social de las personas con diversidad funcional.

Los beneficiarios de esta subvención son las organizaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen programas y servicios sociales especializados para personas con diversidad funcional, pudiendo presentar cada entidad solicitante un máximo de tres programas o servicios.

La subvención cuenta con un presupuesto de 3.288.010 euros. Y el porcentaje de la ayuda a conceder sobre el coste total del programa o servicio presentado se determinará con arreglo a la puntuación obtenida, no pudiéndose conceder subvención a las solicitudes que no obtengan la puntuación mínima de 60 puntos.

La valoración de las solicitudes de subvención tendrá en cuenta el Interés y repercusión social del programa o servicio; el Sector o colectivo social al que se dirigen valorando la continuidad de las actuaciones en dicho colectivo y su ejecución positiva; la Cobertura territorial; la calidad del programa o servicio a desarrollar; la Metodología, el Carácter innovador de las medidas y propuestas; la experiencia acreditada de la entidad solicitante, su Viabilidad económica y otros criterios de interés (por ejemplo, clausulas sociales).

La solicitud deberá ir acompañada de una Memoria del programa, servicio o plan de actuación para el ejercicio solicitado, incluyendo como mínimo la Denominación del programa o servicio, su tipología y personas usuarias a las que va dirigido; además de un Análisis de situación y justificación de su necesidad (ámbito geográfico de la iniciativa, número de usuarios previstos, descripción de las acciones a desarrollar, calendario de actuaciones y horario de atención a las personas usuarias, complementariedad con otros recursos y aplicación o propuesta de implantación de un sistema de calidad, que permita la adecuada evaluación y seguimiento del programa o servicio y la valoración del grado de satisfacción de los usuarios); Capacidad técnica y de gestión de la entidad; Capacidad financiera de la entidad. La memoria se presentará en soporte papel y en soporte informático (CD o USB). En caso de que una entidad solicite la financiación de varios programas deberá presentar la documentación anterior para cada uno de ellos.

El plazo de presentación será hasta el 15 de febrero de 2017. La solicitud de subvención podrá ser formalizada mediante la presentación y cumplimentación del impreso de solicitud, una por cada programa o servicio presentado.

Esta deberá ir acompañada de una Memoria del programa, servicio o plan de actuación para el ejercicio solicitado, incluyendo como mínimo la Denominación del programa o servicio, su tipología y personas usuarias a las que va dirigido; además de un Análisis de situación y justificación de su necesidad (ámbito geográfico de la iniciativa, número de usuarios previstos, descripción de las acciones a desarrollar, calendario de actuaciones y horario de atención a las personas usuarias, complementariedad con otros recursos y aplicación o propuesta de implantación de un sistema de calidad, que permita la adecuada evaluación y seguimiento del programa o servicio y la valoración del grado de satisfacción de los usuarios); Capacidad técnica y de gestión de la entidad; Capacidad financiera de la entidad. La memoria se presentará en soporte papel y en soporte informático (CD o USB). En caso de que una entidad solicite la financiación de varios programas deberá presentar la documentación anterior para cada uno de ellos.

Las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán en el registro de entrada de las direcciones territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas correspondiente al municipio en que reside el solicitante. Documentos e información que debe acompañar a la solicitud

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de cuatro meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (16/01/2017). Si transcurrido este plazo las personas interesadas no han recibido ninguna respuesta deberán entender como desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

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