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Las entidades privadas sociales de Castilla-La Mancha ya pueden solicitar las subvenciones

Miércoles 18 de enero de 2017
El importe máximo no excederá los 3 millones de euros por solicitud.

Las entidades privadas de iniciativa social tienen hasta el próximo 26 de enero para solicitar las subvenciones destinadas al mantenimiento de centros y servicios, y para el desarrollo de programas dirigidos a la atención, capacitación e inclusión de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha.

Los Requisitos para esta convocatoria son, entre otros, que las entidades estén legalmente constituidas e inscritas formalmente en los registros que corresponda y, en todo caso, en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha; carecer de fin de lucro; hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social; disponer de estructura, capacidad y solvencia suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas; poseer el domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, salvo excepción; los centros donde se desarrollen las actividades deben estar debidamente autorizados; encontrarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones; no encontrarse la persona que ostente a representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad; no encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.

El importe máximo de la subvención no excederá de 3.000.000 euros por solicitud, en el caso de proyectos de carácter regional y de 150.000 euros para los de carácter provincial.

Entre los criterios establecidos para optar a la subvención, según una escala de 0 a 30 puntos, están: el porcentaje de financiación, el ámbito de intervención, la profundidad del programa presentado, la solvencia técnica, etcétera.

Las entidades solicitantes no tendrán la obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud, salvo el formulario del proyecto, incluido junto a la solicitud en la sede electrónica. En el caso de programas de atención temprana, se presentará declaración responsable acreditativa de que la entidad solicitante cumple el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, conforme al modelo que figure en la sede electrónica.

El plazo de resolución de la convocatoria es de 3 meses, entendiendo el silencio administrativo, como desestimación.

Los interesados podrán presentar la solicitud en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: http:/www.jccm.es, que quedará anotada en el Registro electrónico, junto con la memoria y la declaración responsable, en su caso.

Pinche aquí para más información sobre la convocatoria.

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