En la residencia Las Marismas, de la que, por cierto, eres directora, el inicio del verano siempre marca el inicio de una etapa diferente. El cambio de estación no solo se nota en la dieta, menos purés, más ensaladas y gazpacho, o en las conversaciones sobre aires acondicionados y abanicos, sino también en las dinámicas familiares. Cada año, por estas fechas, empiezan a llegar notificaciones de ausencias temporales, vacaciones programadas y alguna que otra petición singular.
Pero este año han surgido dos situaciones que, aunque diferentes, tienen un curioso punto de conexión.
La primera en llegar fue Aurora Carratalá, una residente que lleva ya dos años viviendo en Las Marismas. Mujer de buen trato y memoria aún afilada, te lo soltó con una mezcla de entusiasmo y delicadeza: “Este verano, me voy a oler el mar. Me voy con mi hija dos meses. Como estoy bien, no me hace falta nada especial. Pero claro, me preguntaba… ¿tengo que pagar la residencia igual que si me quedara aquí?”.
Tú la miras y asientes, como diciendo “entiendo la pregunta”, aunque por dentro sabes que la respuesta no es tan sencilla como un sí o un no. Aurora no está pidiendo dejar la plaza, pero deja entrever que no le parece justo pagar por un servicio que no va a usar durante ocho semanas. Ella no exige, pregunta. Y esa forma tan educada de plantearlo es precisamente lo que te incomoda, porque no puedes despacharlo con un simple “es lo que toca”. Porque no “toca” nada: no está escrito en ninguna parte qué se hace cuando alguien se va dos meses voluntariamente, pero sin renunciar a su plaza.
Nota del autor: Llegados a este punto, debemos considerar que la solución al caso sería diferente dependiendo de en qué comunidad autónoma estuviese la residencia Las Marismas. También según si la plaza de la señora Carratalá fuese totalmente privada (en ese caso, el contenido del contrato firmado podría tener mucho peso) o concertada (en ese, habría que ver las condiciones establecidas en el concierto, ya que las plazas concertadas son fruto de un acuerdo entre la residencia y la administración).
En las normativas autonómicas se diferencia entre ausencias forzadas (como ingresos hospitalarios) y voluntarias. Asimismo, en algunas normativas autonómicas se establece un límite de 30 días a partir del cual se consideraría una suspensión o rescisión del contrato. Por eso, invito a quien lea el caso, y quiera compartir, a enviar un comentario sobre cómo funcionaría esto exactamente en su comunidad autónoma.
Apenas dos días después, recibes la llamada de Javier Montalbán, hijo de la señora Consuelo Arrieta Montalbán, una residente algo más reciente, con un grado de dependencia severo. Javier te cuenta que se la lleva a su casa de la playa durante agosto. “Ya tenemos contratado un servicio de ayuda a domicilio y creemos que estará mejor allí, rodeada de la familia.” Hasta ahí, todo normal.
Pero la segunda parte del mensaje es la que despierta las alarmas: “Como la habitación va a quedar vacía y seguiremos pagando igual, habíamos pensado si sería posible que la ocupase temporalmente mi tía Pilar, hermana de mi madre. Vive sola, y cada vez se le nota más frágil. No quiere oír hablar de residencias, pero si viene un mes y le gusta, quién sabe…”.
La idea, en apariencia, tiene sentido. Una habitación que se va a pagar igualmente, una persona mayor que necesita apoyo y que podría aprovechar para hacer una estancia de prueba. Pero en cuanto lo compartes con el equipo de coordinación y valoras la situación, aparecen todas las aristas.
Primero, la cuestión de fondo: la estancia de un nuevo residente durante un solo mes genera una carga adicional para el equipo, especialmente durante los primeros días. Hay que elaborar un plan de atención individualizado, realizar la valoración sanitaria inicial, introducir su historia clínica en el sistema, adaptar la medicación, etiquetar y registrar su ropa, acompañarla en su integración social… Todo eso consume tiempo, energía y recursos. Y lo hace en un momento complicado, porque agosto coincide con vacaciones del personal y refuerzos temporales. De hecho, por eso, cuando la residencia ofrecía estancias temporales, estas siempre tenían un precio más elevado que las permanentes.
Segundo, nadie garantiza que Pilar Montalbán quiera o pueda marcharse al acabar agosto. ¿Y si se adapta, le gusta el ambiente, se encariña con las auxiliares… y luego se niega a irse? Técnicamente, no tendría derecho a la plaza, pero emocional y éticamente, ¿cómo se le explica a una mujer de 87 años que ha de abandonar un lugar donde ha empezado a sentirse segura? El problema es que el motivo por el que hace años que no ofrecéis estancias temporales es porque la residencia está a plena ocupación todo el año y tenéis una lista de espera que nunca baja de los seis meses.
Tercero, y no menos importante, está el factor legal. ¿Qué opinaría la inspección si se entera de que has permitido ocupar una plaza “guardada” por una residente ausente con una persona que no ha pasado por el procedimiento habitual de ingreso? ¿Podría interpretarse como un uso indebido de los recursos? ¿Un ingreso encubierto? ¿Una sobreocupación? ¿Y si algún otro familiar se entera y exige lo mismo para un pariente suyo que también necesita una estancia “de prueba”?
A pesar de todo, nadie del equipo cree que se trate de una maniobra malintencionada. Las dos familias han planteado sus peticiones con naturalidad, buscando soluciones razonables a situaciones personales. No hay trampa, ni abuso, ni voluntad de colarse por la puerta de atrás. Al contrario, transmiten afecto por sus mayores y una voluntad clara de encontrar lo mejor para ellos. Y eso, en los tiempos que corren, ya dice mucho.
Ahora te toca a ti decidir. Puedes optar por la vía segura, “decir que no”, atenerte a las normas implícitas que nadie ha escrito pero que todos entienden. O puedes arriesgarte a buscar una fórmula creativa, que permita ayudar sin comprometer el funcionamiento del centro. Pero sabes que, sea cual sea tu decisión, marcará un precedente. Y que el verano, este año, ha empezado con más dilemas de lo habitual.
¿Qué harías tú?
Autor del texto Josep de Martí Vallés. Jurista y Gerontólogo. Fundador de Inforesidencias.
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