Opinión

¿Volver a trabajar después de jubilarse? ¿Puede la nueva jubilación flexible ayudar al sector de las residencias?

Anna Cebrián, directora de Inforesidencias.com. (Foto: JC/Dependencia.info).
Anna Cebrián | Miércoles 16 de septiembre de 2026

Desde este 28 de agosto entra en vigor una nueva regulación de la jubilación flexible que amplía las posibilidades de compatibilizar la pensión con el trabajo. Una medida que puede resultar especialmente interesante en sectores como el de los cuidados, donde muchas empresas tienen dificultades para encontrar determinados perfiles profesionales.

Encontrar profesionales se ha convertido en uno de los principales retos para muchas residencias y servicios de atención a personas mayores. Enfermería, medicina, fisioterapia, terapia ocupacional y otros perfiles especializados no siempre son fáciles de cubrir y, al mismo tiempo, cada año abandonan el mercado laboral profesionales con décadas de experiencia que, aun habiéndose jubilado, podrían estar interesados en mantener algún tipo de actividad profesional.

La nueva regulación de la jubilación flexible puede contribuir a acercar ambas realidades.

El Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo, que entra en vigor este 28 de agosto, modifica profundamente una figura que ya existía pero que, según reconoce el propio Gobierno, había tenido hasta ahora una utilización muy limitada. El objetivo de la reforma es precisamente facilitar el retorno al mercado de trabajo de personas que previamente se han jubilado, permitiéndoles compatibilizar una parte de su pensión con una actividad laboral.

Trabajar entre un 33 % y un 80 % de la jornada

Una de las principales novedades afecta a quienes, después de haberse jubilado, quieran volver a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial.

La nueva regulación establece que podrán hacerlo con una jornada comprendida entre el 33 % y el 80 % de la jornada de una persona trabajadora a tiempo completo comparable. Durante ese periodo, la cuantía de la pensión se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada y, cuando finalice la actividad laboral, se restablecerá el cobro íntegro de la pensión.

Esto puede facilitar fórmulas laborales especialmente interesantes para profesionales que no quieran regresar a una jornada completa, pero sí continuar vinculados parcialmente al sector durante algunos días o determinadas horas a la semana.

Más pensión si se vuelve a trabajar después de seis meses

La reforma introduce además un incentivo para quienes no vuelvan inmediatamente al mercado laboral después de jubilarse.

Cuando el primer trabajo por cuenta ajena compatible con la jubilación flexible comience al menos seis meses después de haberse causado la pensión, la parte de pensión que corresponde percibir durante la jubilación flexible podrá incrementarse.

Si la jornada realizada se encuentra entre el 33 % y menos del 55 %, se añade un 15 % adicional, calculado sobre el importe de la pensión que se percibía antes de acceder a la jubilación flexible. Si la jornada está entre el 55 % y el 80 %, el incremento adicional será del 25 %.

El objetivo es hacer económicamente más atractivo que una persona que ya ha dado por terminada su vida laboral pueda plantearse posteriormente volver a trabajar de forma parcial.

La jubilación flexible también llega al trabajo por cuenta propia

Otra de las novedades importantes es que la jubilación flexible deja de estar vinculada exclusivamente al trabajo por cuenta ajena.

A partir de ahora también podrá compatibilizarse la pensión con una actividad por cuenta propia, aunque con una condición importante: durante los tres años inmediatamente anteriores a la jubilación, la persona no puede haber estado de alta en un régimen de la Seguridad Social como trabajadora por cuenta propia.

Cuando se cumpla este requisito y se desarrolle la actividad como autónomo, se podrá percibir el 25 % de la pensión de jubilación mientras se mantenga dicha actividad.

Esta posibilidad puede resultar especialmente interesante para profesionales con experiencia que, una vez jubilados, quieran continuar desarrollando determinadas actividades profesionales de manera independiente.

Una posible oportunidad para el sector de los cuidados

La reforma no solucionará por sí sola la dificultad para encontrar profesionales que afecta al sector de la atención a las personas mayores, pero sí incorpora una vía que las organizaciones pueden empezar a tener en cuenta.

Existe un importante colectivo de profesionales que, después de muchos años trabajando en residencias, hospitales, atención primaria, servicios sociales u otros ámbitos relacionados con los cuidados, alcanza la jubilación conservando conocimiento, experiencia y capacidad para continuar desarrollando alguna actividad profesional.

No todos querrán hacerlo, naturalmente, pero para aquellos que sí deseen mantener una vinculación laboral, una jornada reducida puede resultar mucho más atractiva que prolongar una actividad profesional a tiempo completo.

Desde el punto de vista de las residencias, también pueden aparecer nuevas posibilidades para cubrir determinados puestos, reforzar equipos durante unas horas a la semana o incorporar profesionales experimentados para funciones concretas.

La propia filosofía de la reforma apunta en esta dirección: hacer que la jubilación deje de suponer necesariamente una frontera absoluta entre estar trabajando y abandonar completamente el mercado laboral.

Hay que comunicar previamente la vuelta al trabajo

La posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión no es automática. La persona pensionista deberá comunicar previamente a la entidad gestora el inicio del trabajo por cuenta ajena o de la actividad por cuenta propia y también deberá informar de cualquier modificación posterior del porcentaje de jornada.

La falta de comunicación puede provocar que las cantidades de pensión percibidas indebidamente tengan que ser reintegradas, además de las posibles sanciones correspondientes.

También existen determinadas incompatibilidades y particularidades dependiendo de la situación de cada pensionista, por lo que antes de acogerse a esta modalidad resulta aconsejable comprobar las consecuencias concretas que tendrá sobre la pensión.

Una reforma que será evaluada dentro de un año

El Gobierno reconoce en el propio Real Decreto que la jubilación flexible había tenido hasta ahora una efectividad práctica muy limitada y que el número de solicitudes apenas había variado durante los últimos años.

Precisamente por ello, la nueva norma establece que, un año después de su entrada en vigor, deberá analizarse el impacto de la reforma junto con los interlocutores sociales para valorar si son necesarios nuevos cambios.

Habrá que comprobar si los nuevos incentivos consiguen que más personas jubiladas decidan volver parcialmente al mercado laboral. En un sector como el de los cuidados, necesitado de profesionales y al mismo tiempo depositario de un enorme capital de conocimiento y experiencia entre quienes llegan a la jubilación, puede ser una posibilidad especialmente interesante a explorar.

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Autora del texto: Anna Cebrián es licenciada en Económicas, Máster en Dirección de Empresas y postgrado en dirección de servicios gerontológicos. Directora de Inforesidencias.com

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