El rincón del director

La nueva pareja

Una pareja en una residencia de personas mayores. (Foto: Gemini).
Dependencia.info | Miércoles 29 de julio de 2026

En la residencia Las Marismas, de la que, por cierto, eres la directora, hay problemas que llegan haciendo ruido y otros que aparecen casi sin que nadie se dé cuenta. Este empezó con dos personas que se sentaban juntas en el comedor.

Al principio nadie le dio importancia.

Antonio, de 87 años, viudo desde hacía cinco, y María, de 84, también viuda, coincidían en las actividades, paseaban por el jardín, compartían el café de media tarde y acababan casi siempre cogidos de la mano. A los residentes les parecía una historia bonita. Al personal también. Incluso había quien comentaba que Antonio sonreía mucho más desde que María estaba cerca.

Nadie vio ningún problema. Hasta que un día pidieron compartir habitación.

No lo hicieron entre risas ni como una ocurrencia. Pidieron hablar contigo.

Antonio tomó la palabra.

—No queremos hacer nada raro. Solo queremos dormir juntos. Como cualquier pareja.

María asintió.

—Nos hacemos compañía. Dormimos mejor. No entendemos por qué tenemos que despedirnos todas las noches como si tuviéramos quince años.

Los dos parecían tranquilos. No había precipitación ni nerviosismo. Simplemente hablaban de algo que para ellos era completamente natural.

Sin embargo, en cuanto salieron del despacho, empezaron las dudas.

Antonio tiene diagnosticada una enfermedad de Alzheimer en fase leve-moderada. No tiene ninguna medida judicial de apoyo. Conserva una buena autonomía física y participa en muchas decisiones cotidianas. Hay días en los que conversa con absoluta normalidad, recuerda perfectamente lo ocurrido la semana anterior y entiende cualquier explicación. Pero también tiene momentos de desorientación. Alguna mañana pregunta cuándo volverá su esposa, fallecida hace cinco años. Otras veces cree que todavía vive en su antiguo piso.

María, en cambio, mantiene intactas sus capacidades cognitivas.

La primera conversación la mantienes con la psicóloga.

Después de varias entrevistas te dice que Antonio sabe perfectamente quién es María, distingue claramente entre el recuerdo de su esposa y la relación actual y expresa una voluntad constante de estar con ella. Según su valoración, comprende el significado de mantener una relación afectiva y de compartir habitación.

La médica es bastante más prudente. No dice que Antonio no tenga capacidad. Dice algo bastante más incómodo.

—No estoy segura de que la conserve siempre.

Te explica que la capacidad no es una etiqueta que una persona tenga o deje de tener para todo. Puede conservarla para unas decisiones y no para otras. Además, en Antonio fluctúa. Hay días muy buenos y otros mucho peores.

La conversación queda suspendida en esa palabra: Siempre.

Porque nadie puede garantizar que Antonio mantenga siempre el mismo nivel de comprensión. Mientras el equipo sigue valorando la situación, el problema deja de ser interno.

El domingo aparece la familia. Los hijos de Antonio descubren que su padre y María pasan casi todo el día juntos. Al principio muestran sorpresa. Después incomodidad. Y finalmente indignación.

El hijo mayor te pide hablar a solas.

—Mi padre no está en condiciones de decidir eso.

Intentas explicarle que todavía no se ha tomado ninguna decisión. No sirve de mucho.

Te dice que su padre jamás habría iniciado otra relación mientras su madre vivía y que todo aquello demuestra precisamente que ya no es el mismo. Intentas responder que enviudar también cambia a las personas. No parece convencerle.

Su hermana interviene inmediatamente.

—Una persona con Alzheimer no puede dar un consentimiento válido para mantener una relación íntima.

La conversación empieza a tensarse. Les explicas que un diagnóstico de demencia no supone automáticamente que una persona pierda toda capacidad para decidir sobre su vida afectiva.

Ellos responden que, si el centro permite esa relación, asumirán que está favoreciendo un posible abuso sobre una persona vulnerable.

Antes de marcharse dejan caer una frase que se queda resonando en tu despacho.

—Si permitís que compartan habitación y esto termina en un juzgado, también pedirán responsabilidades a la residencia.

Durante los días siguientes el caso ocupa buena parte de las reuniones del equipo. La trabajadora social recuerda que el derecho a la intimidad, a la vida afectiva y a la sexualidad no desaparece por ingresar en una residencia.

La psicóloga insiste en que Antonio expresa una voluntad coherente, identifica perfectamente a María y comprende qué significa vivir esa relación.

La médica vuelve sobre la misma idea.

—Lo difícil no es valorar la capacidad hoy. Lo difícil es saber qué ocurrirá dentro de seis meses.

La supervisora lleva el debate al terreno práctico.

—¿Qué hacemos si un día Antonio se despierta desorientado y no reconoce dónde está? ¿Y si cree que María es otra persona? ¿Quién decide en ese momento?

La enfermera añade otra preocupación.

—¿Y si la familia entra una mañana y los encuentra durmiendo juntos? Da igual que todo sea correcto. El conflicto está servido.

Como suele ocurrir, la gobernanta introduce un problema que nadie había planteado.

—¿Y si autorizamos que compartan habitación? ¿Qué criterio seguiremos cuando otra pareja nos lo pida? ¿Tenemos algún protocolo? ¿Quién decide cuándo sí y cuándo no?

Empiezas a darte cuenta de que la habitación es casi lo de menos. El verdadero debate gira alrededor de una pregunta mucho más compleja: ¿Quién decide cuándo una persona conserva capacidad suficiente para consentir una relación íntima?

Mientras tanto, Antonio y María siguen haciendo exactamente lo mismo. Pasean. Juegan al dominó. Se esperan para comer. Se cogen de la mano. Y cada noche se despiden en la puerta de sus habitaciones.

Un jueves por la tarde Antonio vuelve a llamar a tu despacho. Esta vez viene solo. Se sienta despacio. Te mira fijamente.

—¿He hecho algo malo?

Le respondes que no.

—Entonces... ¿por qué no puedo dormir con la mujer a la que quiero?

No encuentras una respuesta sencilla. Porque cualquier explicación termina sonando a otra cosa. A protección. A miedo. O a prohibición.

Esa misma tarde vuelves a reunir al equipo. Sobre la mesa aparecen tres caminos posibles.

Primera opción: no autorizar que compartan habitación.

Esperar a que exista una valoración más concluyente sobre la capacidad de Antonio o mantener que, ante cualquier duda razonable, debe prevalecer la protección.

Reduciría el riesgo jurídico para la residencia y tranquilizaría a la familia.

Pero también supondría limitar una relación que, hasta ese momento, parece libre, afectuosa y beneficiosa para ambos.

Segunda opción: autorizar que compartan habitación.

Basarte en la valoración individual realizada, en la voluntad reiterada de ambos residentes y en el principio de que un diagnóstico, por sí solo, no elimina el derecho a mantener una vida afectiva.

Respetarías su autonomía y su intimidad.

Pero asumirías que, si la situación cambia o la familia inicia acciones legales, toda la decisión recaerá sobre la residencia.

Tercera opción: buscar una solución intermedia.

Mantener por el momento habitaciones separadas, reforzar la valoración interdisciplinar, documentar periódicamente la capacidad de Antonio para esta decisión concreta y permitir que ambos dispongan de espacios de intimidad durante el día mientras se sigue evaluando la situación.

Ganarías tiempo. Pero también prolongarías una incertidumbre que ninguno de los dos entiende.

Cuando termina la reunión, el silencio dura más de lo habitual. No te preocupa tanto la denuncia. Lo que de verdad te inquieta es otra cosa: equivocarte.

Porque si impides una relación libre, habrás privado a dos personas mayores de una parte importante de su vida precisamente cuando más valor tiene. Pero si permites una relación sin un consentimiento verdaderamente válido, habrás dejado de proteger precisamente a quien más lo necesitaba.

Y entre esas dos posibilidades apenas hay unos centímetros de distancia.

¿Qué harías tú?

Preguntas para la reflexión

  • ¿Debe valorarse la capacidad para consentir una relación afectiva de forma específica, aunque la persona tenga un diagnóstico de demencia?
  • ¿Puede la oposición de la familia justificar que la residencia impida compartir habitación a dos residentes?
  • ¿Qué papel corresponde al equipo interdisciplinar en una decisión de este tipo?
  • ¿Cómo debería documentarse la valoración de la capacidad para que la decisión resulte técnicamente defendible?
  • Si la capacidad de uno de los residentes fluctúa o empeora con el tiempo, ¿debería revisarse la decisión? ¿Con qué criterios?

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