Este sábado 9 de febrero entra en vigor y se pone en marcha del Sistema Español de Verificación de Medicamentos (SEVeM), que permitirá a las 22.000 farmacias españolas la verificación y autenticación de los medicamentos y que podría afectar a la forma en la que las oficinas de farmacia ofrecen sus servicios a las personas mayores que viven en residencias de tercera edad.
El presidente del Consejo General de Colegios Farmacéuticos, Jesús Aguilar, explicaba recientemente que se estaba cumpliendo con los tiempos y con las exigencias de la normativa europea: “La hoja de ruta y el plan de trabajo acordado en su día se está cumpliendo puntualmente y ya sólo nos queda un esfuerzo final en estos últimos días para que todo funcione a la perfección el próximo 9 de febrero”.
Recuerda que desde que se publicó esta reglamentación europea hace ya casi tres años, desde el Consejo General de Colegios Farmacéuticos, se ha trabajado junto con el resto de organizaciones que forman este sistema de verificación, que son Farmaindustria, FEDIFAR, AESEG y Consejo General, así como con las autoridades competentes, para que los laboratorios, la distribución y los profesionales farmacéuticos puedan cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento Delegado de la Comisión Europea UE 2016/161.
Aguilar quiso resaltar que la falsificación de medicamentos no es un problema real en España gracias en gran parte a las garantías del modelo español de Farmacia. Aun así, apuntó, la puesta en marcha de este proyecto “responde a las obligaciones establecidas a nivel europeo de lucha conjunta frente a esta amenaza global, que no entiende de fronteras, y que dota de mayor fortaleza aún si cabe a nuestro Sistema”.
Uno de los puntos del documento de preguntas y respuestas en relación con los dispositivos de seguridad señala:
PARA LAS PERSONAS AUTORIZADAS O FACULTADAS PARA DISPENSAR MEDICAMENTOS AL PÚBLICO QUE TRABAJAN EN UN CENTRO ASISTENCIAL, ¿DEBE REALIZARSE LA VERIFICACIÓN DE LA INTEGRIDAD DEL DISPOSITIVO CONTRA LAS MANIPULACIONES AL MISMO TIEMPO QUE LA VERIFICACIÓN Y DESACTIVACIÓN DEL IDENTIFICADOR ÚNICO?
Respuesta: No. El artículo 25(2) del Reglamento Delegado (UE) 2016/161 de la Comisión establece que la verificación de los dispositivos de seguridad se puede realizar en todo momento en que el medicamento obre en poder del centro, siempre que entre el suministro del medicamento al centro y su dispensación al paciente no medie venta del medicamento. Por lo tanto, la desactivación del identificador único y la verificación del dispositivo contra las manipulaciones se pueden realizar por separado antes del suministro al público.
Por otra parte, el 18 de enero el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social publicó el “Proyecto de Real Decreto de adecuación de la gestión farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al marco normativo de la verificación y autenticación de medicamentos”.
Este Reglamento establece “medidas para prevenir la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal, exigiendo la presencia de dispositivos de seguridad, consistentes en un identificador único y un dispositivo contra manipulaciones en el envase de determinados medicamentos de uso humano, que permitan su identificación y autenticación”.
El texto contiene algunas dudas sobre cómo debe realizarse la verificación y autenticación de los medicamentos en los centros asistenciales, pero es un proyecto y como el propio Ministerio ha establecido, se pueden hacer aportaciones hasta el 8 de febrero.
Por otro lado, la Federación Empresarial de Atención a la Dependencia en Castilla y León, Acalerte, ha presentado alegaciones al decreto de la Consejería de Sanidad que obliga a los centros residenciales de más de cien plazas a disponer de una farmacia hospitalaria.
El presidente de la patronal, Diego Juez, apuntaba que es algo que “va en contra de la realidad del sector que se está adaptando al modelo 'En Mi Casa' que promueven junto a la Consejería de Familia y que convierte a las residencias de mayores en auténticos hogares para las personas mayores, no en macrocomplejos asistenciales impersonales que no escucha a la persona y no dignifica a los profesionales”.
La reacción se produce al conocerse el proyecto del Real Decreto de la Consejería de Sanidad que traspone la normativa nacional y en la que se obliga a disponer de un profesional farmacéutico contratado en plantilla, es decir, con el certificado FIR, la disposición de un laboratorio para fórmulas magistrales y de instalaciones propias de un hospital y que afecta también a aquellos centros que atienden a personas con diferentes capacidades.
Es necesario subrayar que se trata de una medida, que sólo se aplica a los centros privados y concertados, ya que los centros públicos podrán seguir empleando los recursos del Sacyl obviando las conversaciones mantenidas con el sector, y lastra el modelo que se está aplicando centrado en la persona que se está aplicando con éxito en la región. "No entendemos como se ofrecen dos modelos diferenciados desde una misma Administración y más cuando el modelo socio-sanitario conocido como ‘En Mi Casa’ es un modelo de éxito", añadía Juez.
Además, se realiza sin valorar "la carencia de profesionales farmacéuticos con título FIR" disponibles y con tan sólo un plazo de 12 meses de tiempo para que los profesionales del sector puedan adaptar sus centros.
Acalert explica que las residencias, que en el mundo rural son en muchos casos la única empresa abierta en algunos municipios, realizan las compras de los productos a la farmacia de cada localidad, por lo que la medida revertiría directamente en los pequeños negocios que no podrían seguir suministrando los productos debido a que los licenciados que disponen de un servicio público de estas características no disponen del título que se demanda en este decreto el FIR (paralelo al MIR en medicina) y del que tan sólo se han convocado 267 plazas para toda España.
Así, Diego Juez concluye: “Hay que tener en cuenta que un centro residencial no es un hospital, es la casa de una persona con más de 65 años que requiere de una atención específica (apoyos para realizar las actividades básicas de la vida diaria), que cuando se pone enferma acude al hospital donde sí deben existir esos recursos”.